Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 30 de Noviembre de 2016, expediente FSA 004006/2014/TO01/5/CFC001

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FSA 4006/2014/TO1/5/CFC1 REGISTRO N° 1550/16.4 la Ciudad de Buenos Aires, a los 30 días del mes de NOVIEMBRE del año dos mil dieciséis, se reúne la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por el doctor J.C.G. como P., y los doctores G.M.H. y M.H.B., asistidos por el Secretario actuante, a los efectos de resolver el recurso de casación interpuesto a fs. 507/509 vta., de la presente causa FSA 4006/2014/TO1/5/CFC1 del registro de esta Sala, caratulada “L., I.A. s/

recurso de casación” de la que resulta:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en el marco de la causa 4006/2014 de su registro, con fecha 11 de diciembre de 2015 resolvió

    —en lo que aquí interesa— “

  2. CONDENAR a I.A.L., de las demás condiciones personales obrantes en autos, a la pena de cuatro años de prisión, multa de pesos doscientos veinticinco ($225), inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, y costas por resultar autor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización —arts.

    12 y 45 del C.P., 539 y 531 del CPPN y 5 inc. ‘c’ de la ley 23.737.

  3. NO HACER LUGAR al pedido de arresto domiciliario formulado por la Defensa de I.A.L.…” (cfr. fs. 459/464).

  4. Que, contra dicha resolución, interpuso Fecha de firma: 30/11/2016 Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CÁMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA CASACION Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA #28381781#167634570#20161130152240818 recurso de casación el señor Defensor Público Oficial, doctor M.F.G.P., el que fue concedido por el Tribunal a quo a fs. 543 y mantenido ante esta instancia a fs. 553 por la doctora L.B.P..

  5. La defensa basó su presentación recursiva en el primer supuesto previsto en el art. 456 del C.P.P.N. al ver afectado el debido proceso y el derecho de defensa en juicio de su asistido.

    El recurrente consideró que la resolución recurrida era nula toda vez que la misma fue producto de un juicio abreviado —en función del procedimiento previsto en el art. 431 bis del C.P.P.N.— pero no contó con el consentimiento del imputado. Así, expresó que I.A.L. accedió a celebrar un acuerdo de juicio abreviado siempre y cuando el señor F. no se opusiera al cumplimiento de la condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria. En dicho sentido, sostuvo que al haber sido inducido a error, no podía sostenerse que el consentimiento prestado fuera válido.

    Solicitó que se haga lugar al recurso de casación interpuesto, que se disponga la nulidad de la resolución recurrida y que se remitan las actuaciones al Tribunal de origen para la realización de un juicio oral.

    Hizo reserva del caso federal.

  6. Que en la oportunidad prevista por los arts. 465, cuarto párrafo y 466 del C.P.P.N., la señora Defensora Pública Oficial ante esta Fecha de firma: 30/11/2016 Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CÁMARA DE CASACION Firmado por: MARIANO 2 H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA CASACION Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA #28381781#167634570#20161130152240818 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FSA 4006/2014/TO1/5/CFC1 instancia, doctora L.B.P. presentó

    el escrito glosado a fs. 555/558 en el cual solicitó

    que se hiciera lugar al recurso de casación interpuesto.

  7. Superada la etapa procesal prevista por los arts. 465, último párrafo y 468 del C.P.P.N., de lo que se dejó constancia en autos a fs. 561, quedaron las actuaciones en estado de ser resueltas.

    Efectuado el sorteo de ley para que los señores jueces emitan su voto, resultó el siguiente orden sucesivo de votación: M.H.B., G.M.H. y J.C.G..

    El señor juez doctor M.H.B. dijo:

  8. Previo a dar tratamiento...

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