Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 25 de Julio de 2022, expediente FRO 003078/2020/3/CA001

Fecha de Resolución25 de Julio de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 3078/2020/3/CA1

Visto, en Acuerdo de la Sala "A" –

integrada- el expediente Nº FRO 3078/2020/3/CA1, caratulado "Bled, O.G. y otro s/ infracción Ley 23.737"

(proveniente del Juzgado Federal Nº 4 de la ciudad de Rosario), del que resulta que,

El Dr. F.L.B. dijo:

  1. - Vinieron los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de O.G.B. y O.A.B. (fs.

    10/14 del legajo digitalizado), contra la resolución de fecha 1 de febrero de 2021 por la cual se concluyó: “1) Disponer el procesamiento de ORLANDO ALBERTO BLED (DNI 38.979.151) y de OSCAR GERMAN BLED (DNI 36.373.315) en la presente causa, como probables autores responsables del delito previsto y penado en el art. 14, primer párrafo, de la Ley 23.737…” (fs. 7/8).

  2. - La defensa se agravió por la calificación jurídica atribuida a sus pupilos sobre las plantas de marihuana halladas en sus respectivos domicilios (cinco en la de Orlando Alberto y seis en la de O.G.

    –tenencia simple de estupefacientes, prevista y penada por el artículo 14º, primer párrafo de la ley 23.737- entendiendo que corresponde se las califique en las previsiones del artículo 5º inciso a), anteúltimo párrafo de dicha ley (cultivo de las plantas para el consumo personal) y, en base a la doctrina emanada del fallo “A.” de CSJN, se declare la inconstitucionalidad de dicha norma y se sobresea a los encartados.

    Por otra parte, respecto a la picadura,

    capullos y hojas de marihuana hallados en el domicilio de O.G.B., se recalifique tal tenencia como para consumo personal del agente (artículo 14º, segundo párrafo de la ley 23.737) por haber sido tal sustancia encontrada en su Fecha de firma: 25/07/2022

    Alta en sistema: 26/07/2022

    Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA 1

    Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

    FRO 3078/2020/3/CA1

    esfera absoluta de intimidad, además de que inequívocamente el destino de aquéllas era para su consumo y, de conformidad al fallo de CSJN “A., se lo sobresea. En ese orden de ideas destacó que atento el principio de in dubio pro reo,

    resultaría aplicable lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “V.G..

    Citó doctrina y jurisprudencia en aval de su postura.

    Efectuó reservas de derecho de recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por la vía del recurso extraordinario federal y ante los Organismos Internacionales que pudieran corresponder.

  3. - Concedido el recurso de apelación y elevadas las actuaciones, se dispuso la intervención de esta Sala “A” (fs. 16). Designada audiencia a los fines del artículo 454 del CPPN, se hizo saber a las partes la intervención de la Dra. E.I.V. y se puso en conocimiento que, de acuerdo a las Acordadas nº 43/2020 y 73/2020 de la CFAR, dictadas en consonancia a lo ordenado por la CSJN, no se realizarían audiencias presenciales ante este Tribunal durante el lapso expresado en aquéllas (fs. 17).

    Agregado el memorial presentado por el Defensor Público Oficial n° 2 (fs. 18), quedaron los autos en condiciones de ser resueltos (fs. 19).

    Y considerando que:

  4. - Estas actuaciones tuvieron su origen a raíz de los allanamientos ordenados por el Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Penal nº 7 de la ciudad de Casilda, en el marco de la causa nº CUIJ 21-08330586-7, el día 10 de marzo de 2020 en las viviendas situadas en Bv.

    L. de la Torre 1525 de la ciudad de Arequito (donde F.O.A.B. y de firma: 25/07/2022 de calle Santa Fe 745 de la Alta en sistema: 26/07/2022

    Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA 2

    Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

    FRO 3078/2020/3/CA1

    citada localidad (lugar de residencia de O.G.B. a efectos de secuestrar armas de fuego, municiones y aparatos de telefonía celular.

    Al llevarse a cabo cada uno de las citadas diligencias, personal del Departamento Operativo Agencia de Investigación Criminal Distrito Casilda de Policía de la provincia de Santa Fe, advirtió en cada uno de los domicilios la existencia de plantas que, luego de los correspondientes tests orientativos de campo se determinó que eran de...

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