Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 12 de Agosto de 2019, expediente FMZ 097000112/2013/TO01/26

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FMZ 97000112/2013/TO1/26 REGISTRO NRO. 1601/19 la ciudad de Buenos Aires, a los -12- días del mes de agosto del año dos mil diecinueve, se reúne la S. IV de la Cámara Federal de Casación Penal integrada por el doctor G.M.H. como P. y los doctores M.H.B. y J.C. como vocales, asistidos por la Secretaria de Cámara actuante, a los efectos de resolver el recurso de casación interpuesto a fs.

21/26 vta. por el representante del Ministerio Público F. en la presente causa FMZ 97000112/2013/TO1/26/CFC3, caratulada: “L.P., P.M. s/recurso de casación”; de la que RESULTA:

  1. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de M., en el marco del debate que se desarrolló con relación a la causa N.. 076-M y acumulados de su Registro, dictó un resolutorio -cuyos fundamentos fueron expuestos en la audiencia de fecha 7 de abril de 2014- mediante el cual se rechazó el pedido de revocación de excarcelación formulado por el Ministerio Público F. respecto de P.M.L.P. (fs. 1/16 y 17/20).

  2. Que contra dicha resolución interpuso recurso de casación el señor F. General, doctor D.M.V., el que fue concedido por este Tribunal -con una integración parcialmente diferente- en fecha 22 de diciembre de 2014 (Reg.

    Fecha de firma: 12/08/2019 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1 Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #24724323#241061624#20190812144354438 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FMZ 97000112/2013/TO1/26 3008/14) (fs. 28 y vta.).

    En síntesis, el recurrente sostuvo que la resolución impugnada resulta arbitraria en tanto carece de la debida fundamentación y desconoce precedentes dictados respecto a medidas coercitivas en procesos donde se investigan crímenes de lesa humanidad. A su vez, adujo la existencia de riesgos procesales a partir de la pena en expectativa imputable y citó jurisprudencia en abono a su postura.

  3. Con fecha 30 de abril de 2015, esta S. IV -con una integración parcialmente distinta-

    resolvió, por mayoría, rechazar el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público F. (cfr. fs. 77/79 -Reg. 780 bis/2015.-).

  4. Contra dicho pronunciamiento, el señor F. General ante esta instancia, doctor R.O.P., interpuso recurso extraordinario federal (fs.

    4/12 vta. del incidente formado al respecto), el que fue declarado admisible por esta S. IV el 4 de agosto de 2015 (reg. 1492/15) y motivó la elevación del incidente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

  5. Con fecha 11 de junio de 2019, el Máximo Tribunal, declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia dictada por esta S. IV y ordenó el dictado de una nueva resolución (cfr. fs. 26 del incidente FMZ 97000112/2013/TO1/26/1/CS1).

  6. Devuelta la causa a este Tribunal, se Fecha de firma: 12/08/2019 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 2 Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #24724323#241061624#20190812144354438 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FMZ 97000112/2013/TO1/26 designó audiencia para que las partes informen a tenor del art. 465 bis, en función de los arts. 454 y 455, todos del CPPN —según ley 26.374- y a fs. 91 se dejó debida constancia de haberse cumplido con las previsiones de la normativa citada, oportunidad en la que el Ministerio Público F. y la Defensa Pública Oficial asistiendo a P.M.L.P. presentaron breves notas las que lucen agregadas a fs. 86/87 y 88/90 vta., respectivamente.

    El señor F. General ante esta instancia, el doctor R.O.P. solicitó que se haga lugar al recurso de casación interpuesto, se case la resolución dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.. 1 de M. y se haga lugar al pedido de revocatoria de la excarcelación de L.P. (fs. 86/87).

    Por su parte, la Defensa Pública Oficial solicitó que se declare inadmisible el recurso de casación interpuesto por la fiscalía o bien se proceda a su rechazo y se confirme la resolución impugnada. Subsidiariamente, solicitó que se otorgue efecto suspensivo a la resolución que se dicte en autos e hizo reserva del caso federal (fs. 88/90 vta.).

    Efectuado el sorteo de ley para que los señores jueces emitan su voto, resultó el siguiente orden sucesivo de votación: doctores M.H.B., J.C. y G.M.H..

    El señor juez doctor M.H.B. dijo:

  7. Llegan las actuaciones nuevamente a Fecha de firma: 12/08/2019 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 3 Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #24724323#241061624#20190812144354438 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FMZ 97000112/2013/TO1/26 conocimiento de esta S. en virtud de la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de fecha 11 de junio de 2019, por medio de la cual dejó

    sin efecto la resolución dictada por la mayoría de esta S. IV -con una integración parcialmente distinta-, en cuanto había rechazado el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público F. (representado ante esta instancia por el señor F. General, doctor R.O.P.) contra el pronunciamiento del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.. 1 de M., que rechazó el pedido de revocatoria de la excarcelación de P.M.L.P.. Para así resolver, la C.S.J.N.

    consideró que en el caso resultan aplicables —en lo pertinente— las consideraciones vertidas en la causa CSJ 296/2012 (48-0)/CS1 “O.R., J.C. s/ recurso de casación” (fs. 26/vta.).

  8. El Ministerio Público F. alegó que la resolución dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.. 1 de M...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR