Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 29 de Diciembre de 2022, expediente FRO 030870/2022/2/CA001

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 30870/2022/2/CA1

Visto, en Acuerdo de la Sala “A” integrada, el expediente n° FRO 30870/2022/2/CA1 de entrada, caratulado “Legajo de Apelación de Rojas, N.O. por infracción Ley 23.737”, (originario del Juzgado Federal nro. 1 de la ciudad de Santa Fe) del que resulta que:

Vinieron los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la defensa oficial de N.O.R. contra la resolución del 19 de septiembre de 2022, que en cuanto ha sido objeto de apelación, ordenó el procesamiento del nombrado como presunta autor responsable de la comisión del delito previsto en el artículo 5° inciso “c” de la Ley 23.737, bajo la modalidad de tenencia de estupefacientes con fines de comercio.

Elevados los autos, se dispuso la intervención de la Sala “A”. Designada audiencia en los términos del artículo 454 del CPPN, se dispuso la integración del Dr. José

Guillermo Toledo. Agregados los memoriales acompañados por la defensa de Rojas y por el Fiscal General Interino, quedó la causa en condiciones de ser resuelta.

El Dr. J.G.T. dijo:

1) Al apelar la defensa se agravió de la ausencia de comprobación del elemento subjetivo del tipo (ultraintención) requerido para la aplicación de la figura prevista en el artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737.

Consecuentemente, solicitó la revocación parcial de la resolución y la recalificación de la conducta a la figura de tenencia simple de estupefacientes (art. 14, primer párrafo, de la Ley 23.737).

Hizo reserva del Caso Federal.

2) Al celebrarse la audiencia prevista por el art. 454 del C.P.P.N., la defensa del recurrente remitió a los agravios expresados al interponer el recurso.

Fecha de firma: 29/12/2022

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CÁMARA 1

Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

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A su turno, el Fiscal General Interino sostuvo que el recurso de apelación de la defensa ha sido mal concedido, toda vez que el único agravio mencionado está

dirigido a cuestionar la calificación legal adoptada en el auto de procesamiento (delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización -art. 5°, inc. c, de la Ley 23.737-) y a solicitar la recalificación de la conducta a la figura penal de tenencia simple de estupefacientes (art. 14,

primer párrafo, de la Ley 23.737), por ausencia de acreditación del elemento subjetivo distinto del dolo (ultraintencionalidad).

Señaló que R. se encuentra en libertad, dado que, como medidas de coerción, se impusieron las previstas en los incisos a, c, d y h, del artículo 210 del CPPF, por lo que no surge perjuicio alguno que amerite el tratamiento del recurso de apelación y la revisión de la decisión adoptada,

resultando inadmisible la impugnación deducida.

3) En primer lugar, corresponde indicar que en la presente causa y mediante la resolución traída en apelación,

el juez dispuso el procesamiento de N.O.R. en relación al hecho por el cual oportunamente se les recibió

declaración indagatoria, el que consiste en “…en fecha 09 de Septiembre del corriente a raíz de un llamado a la central de emergencias 911 bajo carta de incidencia N° 1452083 se denunció que se habrían efectuados varias detonaciones de armas de fuego por un masculino de nombre N.R.,

aportando su domicilio y vestimenta. Así las cosas, habiendo arribado al lugar personal de la Policía de Acción Táctica,

procedieron a intentar identificarlo, momento en el cual Ud.

comenzó a huir hacia el interior de una vivienda ubicada en un pasillo en calle B.N.° 8019. Seguidamente, luego de intentar esconderse debajo de una cama, se lo redujo, se Fecha de firma: 29/12/2022

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CÁMARA 2

Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 30870/2022/2/CA1

procedió a realizar un chequeo palpareo dando resultado negativo en cuanto a elementos de interés y se lo identificó.

Posteriormente, la prevención procedió a realizar una requisa en busca de elementos de interés, dando como resultado el hallazgo de flores y ramas de una especie vegetal de similares características a la marihuana, fraccionadas en frascos y cajas de cartón, como así...

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