Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 20 de Mayo de 2019, expediente FSA 005787/2016/12/CA004

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 5787/2016/12/CA4 Salta, 21 de mayo de 2019.-

AUTOS Y VISTA:

Esta causa N° 5787/2016/12 caratulada “I., N.O. y otros s/infracción ley 23.737”, originaria del Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán, y; RESULTANDO:

1) Que llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el F. Federal a fs. 82/84 y vta., en contra de la resolución de fs. 75/77 por la que se sobreseyó a N.O.I., S.B.G.M., G.R.E., M.F.E.C., Á.O.C. y F.M.G., por el transporte agravado de 62 kilos y 617 gramos de estupefacientes, que se incautaron en el vehículo Chevrolet “Astra” conducido por O.M. y en el que se hallaban L.O.V., S.Q.A. y E.R.C., encontrándose los últimos cuatro nombrados con auto de procesamiento firme.

El F. solicita que se revoque la resolución liberatoria y se procese a los sobreseídos, por considerar que el análisis conglobado de la totalidad de las pruebas producidas en la pesquisa, en concreto las tareas de inteligencia, seguimientos y diálogos telefónicos interceptados, permiten sostener que I. y sus cómplices estuvieron involucrados en el transporte de la sustancia que se incautó en el vehículo que manejaba M..

Fecha de firma: 21/05/2019 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: G.E. Firmado por: ERNESTO SOLA 1 Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #31507009#234907884#20190521081628193 Menciona las conversaciones telefónicas transcriptas a fs. 170/172, de las que surge que los sobreseídos trabajaban de manera conjunta en el tráfico de drogas, pues el contenido de los mensajes (vgr. “hay ocho gallitos en aguas blancas (…) traer todo”) permiten inferir esa actividad.

Apunta que las tareas que realizó la preventora determinaron que I. y los restantes sobreseídos el 14/11/16 planearon adquirir droga en Bolivia, recordando que ese mismo día fueron incautados en la zona el material estupefaciente desde el vehículo “Astra”.

Destaca que para ello contaron con la ayuda de F.M.G., quien como funcionario de la Gendarmería Nacional, les habilitaría el paso sin control por el puesto “28 de J.” que esa fuerza posee en la ruta ubicado a la salida de la localidad fronteriza de Aguas Blancas, precisando que a fs. 468/471 se transcribió una conversación entre I. y una persona que identificó como G. en la que éste último le manifiesta que el horario en el que estaría cumpliendo tareas en el control rutero.

Solicita que se ponderen las declaraciones testimoniales de otros gendarmes que prestaban servicios en el puesto junto con G. (la cabo V.D.S. y el gendarme O.S.), quienes coincidieron en declarar que el día del secuestro de la droga G. se trasladó a Bolivia y luego pasó

por el control en el vehículo del coimputado G.R.F. de firma: 21/05/2019 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: G.E. Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #31507009#234907884#20190521081628193 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 5787/2016/12/CA4 E., lo que explicó ocurrió con antelación a que lo haga el “Astra” que llevaba la droga.

Señala que de la declaración indagatoria de E. surge que G. fue quien manejó la camioneta “Amarok” que antes del vehículo piloteado por M. pasó por el puesto del control, considerando que en esa oportunidad G. utilizó la influencia de su cargo para evitar que el “Astra” sea controlado.

Por ello, advierte que si bien a I. no se le secuestró material estupefaciente en su poder, de las pruebas surge que era “el cabecilla” y el que mantenía contactos con el resto de los imputados para la coordinación del tráfico descubierto.

Finalmente, se queja que el Ministerio Público F. solicitó un informe socio económico y ambiental de las personas sobreseídas, lo cual no fue realizado.

Por su lado, a fs. 102/112 el F. General S. reitera las pruebas sobre las conversaciones entre I. y los otros sobreseídos para la concreción del plan que se venía llevando a cabo para el traslado de los 62 kilos de cocaína.

Menciona el diálogo de fs. 854 entre I. y un tal “O. en la que éste le dice al imputado “claro, por eso te estoy diciendo yo… escúchame… ponele que tengo pasar la guita al frente y ¿Vos después a que me das las cosas acá

en Aguas Blancas?” y aquella entre I. y “P. en la que el primero le comenta que “va a ir con las cosas directamente, o como Fecha de firma: 21/05/2019 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: G.E. Firmado por: ERNESTO SOLA 3 Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #31507009#234907884#20190521081628193 va a ir o va a ir solo, pero escúchame envolvele que no salga nada de olor; echale perfume de mujer algo adentro de la mochila no afuera” (cfr. fs. 873). Como así también la transcripta a fs. 867, entre las mismas personas, en la que se refieren a “de los dos kilos no se puede hablar así por eso estoy hablando de uno sino no va a entender; dos kilos que te dé por aparte un kilo y un kilo”.

Pone de relieve la conversación transcripta a fs. 883, entre I. y G. en la que el primero le comenta al gendarme “y va a estar feo, se puede”, contestándole el segundo “si feo feo, quieren pasar por la ruta; no van a poder, es que en taxi o auto particular”.

Alude que en el diálogo de fs. 908 I. le comunica a un tal “Negro” que “ahí dice hormiga me estaba diciendo que tiene paso libre”. También subraya la conversación de fs. 884 entre I. y una persona que el F. señala era novia de un gendarme en la que la mujer le explica que “si se cagó, no sabía como hacer para pasar, yo me lo puse en la cintura le pase, había dos gendarmes, no este mas cagón es”.

Por todo ello, considera que el 14/11/16 I., Á.O.C. y M.F.C. oficiaron como “punteros” de la carga de cocaína que trasladaba el vehículo marca “Chevrolet Astra”, dominio IPZ-442, conducido por O.M., por lo que solicitó que se revoque el sobreseimiento de los nombrados y se dicten sus procesamientos, Fecha de firma: 21/05/2019 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: G.E. Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #31507009#234907884#20190521081628193 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 5787/2016/12/CA4 como así también los de B.G.M., Á.O.C. y G.R.E..

Por último y en esta instancia, la fiscalía introduce en sus reclamos la necesidad de que se imponga la prisión preventiva de los causantes, no sólo atento a la gravedad de los hechos, sino también por la intervención de múltiples personas, lo que indica deja entrever la evidente posibilidad de entorpecer el proceso y que se sustraigan de la justicia.

  1. a) Que a fs. 111/112 el Defensor Oficial en representación de Á.O.C. replicó que luego de haberse dictado la falta de mérito de su defendido, se realizaron medidas de prueba de las que no surgió que el nombrado haya tenido intervención en el transporte de estupefacientes descubierto el 14/11/16, y alega que no se pudo comprobar que C. haya intervenido en las conversaciones telefónicas interceptadas.

  2. b) Que habiendo sido notificadas las restantes defensas técnicas a fs. 110 vta., no presentaron réplica al recurso de la F.ía en los términos del art. 454 del CPPN.

  3. a) Que esta causa se inició el 29/3/16 a raíz de un informe remitido por la División Drogas Peligrosas de Orán de la Policía de Salta, en el que se informaba que un denunciante anónimo hizo saber a la prevención que en el barrio “Juventud Unida” de esa localidad residía “una persona de sexo masculino que utiliza su casa para guardar sustancias prohibidas en cantidades considerables, para luego distribuirlas entre personas Fecha de firma: 21/05/2019 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: G.E. Firmado por: ERNESTO SOLA 5 Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #31507009#234907884#20190521081628193 que se encargan de transportarlas hacia otras provincias del sur del país, utilizando vehículos previamente acondicionados”, haciendo saber la preventora que “a partir de los datos aportados en la denuncia pudieron establecer que en ese lugar reside un persona de apellido I., alias `B.`, que tendría varios familiares que integrarían esta asociación ilícita y que todos colaborarían para realizar el tráfico de estupefacientes como modalidad; que previamente adquieren sustancias de Bolivia transportándola hasta esta ciudad por distintos caminos de montes, como así también se pudo recopilar información que la hacen llegar a través de remises que hacen el recorrido de Aguas Blancas hacia Orán (…) estos movimientos son percibidos por los vecinos residentes y ocurren durante altas horas de la noche” (cfr. fs. 3/6).

    Luego se profundizaron las tareas investigativas y se informó que N.I. concurría asiduamente al domicilio de R.I., al cual “arriban en horarios de la tarde noche varios vehículos de alta gama (…)

    algunos llegan y salen en pocos minutos otros permanecen durante bastante tiempo”. En el mismo informe, se hizo saber respecto del incremento patrimonial no acorde a la actividad que los vecinos dijeron que tenía el nombrado I. como “bagayero”, lo que condujo a la intervención de su línea telefónica (cfr. fs. 12/14 y 21/23).

    Después se agregó un informe policial en el que se indicó que al inmueble de N.I. solía arribar Fecha de firma: 21/05/2019 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: G.E. Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #31507009#234907884#20190521081628193 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 5787/2016/12/CA4 una camioneta conducida por una persona a quien, por las tareas de inteligencias y conversaciones interceptadas, se lo pudo identificar como B.G.S.M. (alias “Hormiga”)

    detectándose también en la vivienda de este último la llegada, en horario nocturno, de vehículos de alta gama que según la fuerza entregaban “paquetes muy sospechosos”, considerando por ello los investigadores que M. era el nexo entre los proveedores de droga en Bolivia y los traficantes que, como I., la comercializaban en este país, ordenándose en consecuencia la intervención telefónica de las líneas de este último (cfr...

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