Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 29 de Abril de 2019, expediente CPE 000666/2018/1/CA001

Fecha de Resolución29 de Abril de 2019
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación Legajo de apelación en la causa CPE 666/2018, caratulada: “G.I.D. SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769”. J.N.P.E. N° 2. Secretaría N° 3. Expediente N° CPE 666/2018/1/CA1. Orden N° 28.625. Sala “B”.

Buenos Aires, de abril de 2019.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por el señor representante del Ministerio Público F. de la instancia anterior a fs. 15/16 vta. de este expediente contra el punto I de la resolución de fs. 10/13 del mismo legajo, por el cual el señor juez a cargo del juzgado “a quo” dispuso, en lo que interesa a la presente: “…DESESTIMAR PARCIALMENTE LA DENUNCIA que dio origen a las presentes actuaciones…en orden a la presunta falta de depósito, pasado el plazo de treinta días corridos…de los montos que habrían sido retenidos por G.I.D.…en concepto de…Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, durante el período fiscal mensual 5/2017…” (se prescinde del resaltado del original).

La presentación de fs. 25 de este incidente, por la cual el señor fiscal general de cámara mantuvo el recurso interpuesto.

La presentación de fs. 38/39 del presente, por la cual el señor fiscal general de cámara informó en la oportunidad prevista por el art. 454 del C.P.P.N.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, en lo que interesa a la presente, por el pronunciamiento recurrido, el juzgado “a quo” resolvió desestimar parcialmente la denuncia formulada contra G.I.D. con relación a los hechos supuestos de omisión de depósito, dentro de los plazos respectivos, de la suma de $ 60.759 que habría sido retenida en concepto de Impuesto a la Transferencia de Inmuebles por el mes de mayo de 2017.

    En sustento de la decisión aludida, el tribunal de la instancia anterior expresó que “…se evidencia que si bien la ley N° 27.430 no se encontraba vigente al momento de comisión del suceso descripto…que se Fecha de firma: 29/04/2019 Alta en sistema: 02/05/2019 Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.J.G., PROSECRETARIO DE CAMARA #32197726#214519667#20190426130603585 Poder Judicial de la Nación relaciona con el período fiscal mensual 5/2017, es más benigna que aquélla que regía en esa ocasión, pues el monto total presuntamente retenido por la denunciada en dicho período, en concepto de…Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, y no depositado pasado el plazo establecido por la ley para ello…no supera el de $ 100.000 al que actualmente se señala por el art. 4° del nuevo Régimen Penal...

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