Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 17 de Mayo de 2017, expediente FMZ 031190/2016/1/CA001

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 31190/2016/1/CA1 Mendoza, 17 de Mayo de 2017.-

Y VISTOS:

Los presentes autos: Nro. FMZ 31190/2016/1/CA1, caratulados: “LEGAJO DE APELACIÓN DE MOYANO, L.M. por Infracción Ley 23737”, venidos del Juzgado Federal Nº

3 de Mendoza, Secretaría Penal “D”, a esta Sala “B”, en virtud del recurso de apelación deducido por el Sr. Defensor Público Oficial Ad Hoc, a fs. sub 03/05 vta., en contra de la resolución de fs. sub 01/02 vta. , en cuanto no hace lugar a lo solicitado por la defensa, confirmando el procesamiento de L.M.M. por considerarlo ‘prima facie’

autor penalmente responsable del delito previsto y penado por el art. 14, 1ra. parte, de la Ley 23737.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que contra el interlocutorio obrante a fs. sub 01/02 vta., el Sr. Defensor Público Oficial Ad Hoc interpone oportuno recurso de apelación motivado (art. 438 CPPN) solicitando se revoque dicha resolución, encuadrando la conducta de L.M.M. en las previsiones del art. 14, 2da. parte de la Ley 23737.

    Entiende que el a-quo no toma en cuenta el carácter de consumidor de su defendido y sobre todo, la escasa cantidad de sustancia estupefaciente hallado en poder del imputado.

    Por las razones expuestas, solicita el cambio de calificación, encuadrando la conducta de su defendido en las previsiones del artículo 14 segunda parte, impetrando asimismo, la inconstitucionalidad del mismo y el consecuente sobreseimiento de L.M.M..

    Fecha de firma: 17/05/2017 Alta en sistema: 30/05/2017 Firmado(ante mi) por: G.L.T., Secretaria de Cámara 1 #29323376#178900154#20170516105743971

  2. Concedido el recurso y elevado el expediente a la Alzada, el Sr. Defensor Ad H. se presenta a fs. sub 11/14 y reitera los argumentos vertidos al momento de interponer el recurso.

    Solicita se disponga el cambio de calificación de la conducta y el sobreseimiento de su pupilo en virtud del fallo “A.”

    de la CSJN.

  3. Que a fs. sub 15/15 vta. se presenta el Sr. Fiscal General S., solicitando se confirme la resolución recurrida, por entender que los elementos valorados por el a-quo acreditan, con suficiencia, la configuración del injusto en examen y la responsabilidad que al imputado le corresponde como autor del mismo.

    IV.-Analizadas las constancias de autos y los argumentos esgrimidos tanto por el Sr. Defensor Ad H. como por el Sr.

    Fiscal General S., éste Tribunal entiende que no corresponde hacer lugar al recurso de apelación incoado, en virtud de las...

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