Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 7 de Octubre de 2009, expediente 52.378/2009

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2009

Causa: “KUTLY INTERNACIONAL S.A. s/ infracción a la ley penal tributaria. Incidente de nulidad deducido por la defensa de L.C.G. y S.A.T.”.

E.. N° 52.378/2009 (N° de origen 1368/03)

JUZGADO FEDERAL DE TUCUMÁN N° II

Poder Judicial de la Nación MIGUEL DE TUCUMÁN, 07 de Octubre de 2009.

AUTOS Y VISTO: Para resolver el recurso de apelación deducido contra la resolución de fs. 20/21 del presente incidente; y CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fs. 20/21 del presente incidente, que no hace lugar a planteo de nulidad de las declaraciones indagatorias de los señores L.C.G. y S.A.T..

Que en esta instancia y de acuerdo a las previsiones del art. 454 del C.P.P.N. (Ley 26.374) se celebra audiencia oral con la presencia del Dr.

L.S. como defensor de los imputados en autos, la Dra. G.V. de Avellaneda en representación del Ministerio Público Fiscal y la Dra.

M.M.R. en representación de la querellante AFIP; cuya acta corre agregada a fs. 58/59.

Que por tanto, la cause se encuentra en condiciones de resolverse.

I- Que la defensa manifiesta como causales de nulidad de las indagatorias con cita de los arts. 166, 168 y 172 del C.P.P.N, en síntesis: 1) que el art. 294 procesal requiere la existencia de motivos bastantes para sospechar que una persona ha participado en la comisión de un delito, lo cual, a su criterio,

n ose da en absoluto en autos; 2) que se volvió a indagar sin contar con la documentación que ya la Excma. Cámara y el propio Juzgado habían exigido,

esto es, las facturas apócrifas en original, constancias o elementos que acrediten la percepción de subsidio por parte de la empresa, tampoco existe constancia de que la empresa hubiera sido denunciada ante el Juez Federal de Salta, en la causa que tenía por objeto investigar el origen de las mismas facturas, ni las conclusiones a que se hubiere arribado en dicha causa; 3) que la resolución deniega la nulidad impetrada con base a cuestiones formales, reiterando los argumentos del señor F., utilizando erróneos conceptos en cuanto a qué debe 1

entenderse por subsidios, por apócrifo, etc.

Por su parte el Ministerio Público Fiscal –quien no adhirió al recurso- solicita 1) que el presente recurso y el interpuesto por la defensa en contra del auto de procesamiento, sean tratados separadamente, ya que no cabe acumulación conforme las normas procesales; 2) que se confirme la resolución recurrida, ya que las...

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