Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 9 de Octubre de 2018, expediente CFP 016085/2017/2/CA001

Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 16085/2017/2/CA1 CCCF – Sala I CFP 16085/2017/2/CA1 “J C D s/procesamiento y embargo”

Juzgado N° 7 – Secretaría N° 14 Buenos Aires, 9 de octubre de 2018.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. A fs. 10/12 del presente incidente, el Dr.

    J.D.P., en representación de C D J, interpuso recurso de apelación contra los puntos I y II de la resolución de fecha 4 de septiembre, por medio de los cuales se dispuso el procesamiento sin prisión preventiva del nombrado por haberlo encontrado prima facie autor penalmente responsable de tenencia simple de estupefacientes en concurso real con el delito de tenencia ilegítima de Documento de Identidad auténtico (art. 14, primera parte de la ley 23.737, y 33 inc.

    c

    de la ley 20.974 y art. 306 y ccdtes. del C.P.P.N.), mandando a trabar embargo sobre sus bienes por la suma de cinco mil pesos ($5.000.-) (artículo 518 del Código Procesal Penal de la Nación).

    En su escrito recursivo, la defensa cuestionó

    el proceder del juez de grado toda vez que se basó en el mismo plexo probatorio para dictar primero una falta de mérito, y luego el procesamiento, entendiendo que éste último resultaba prematuro.

    Además, hizo hincapié en que su pupilo desconocía los elementos hallados en razón de que el automóvil no era de su propiedad.

  2. Llegado el momento de resolver y habiendo analizado las constancias probatorias obrantes en el expediente, concluimos que la resolución del juez debe ser revocada, manteniéndose el temperamento expectante adoptado respecto del nombrado a fs. 131/134 de los autos principales, en virtud de no existir elementos de cargo suficientes que justifiquen el dictado de su procesamiento.

    Fecha de firma: 09/10/2018 Alta en sistema: 10/10/2018 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: I.S.Q., SECRETARIA DE CAMARA #32567258#218570835#20181009134517013 Recordemos que la causa se inició cuando efectivos de la Policía Metropolitana observaron, a las 00.20 horas del día en la calle V. entre D. y H. de esta Ciudad, un automóvil detenido en la entrada de garaje de un inmueble con las ventanillas semi abiertas del conductor y del mismo lado del sector trasero. A fines preventivos, ordenaron a sus ocupantes que descendieran del vehículo. Al solicitarle la documentación del automóvil, el conductor –C J abrió el vehículo oportunidad en que los policías notaron que en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR