Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 28 de Junio de 2017, expediente FMZ 018798/2017/1/CA002

Fecha de Resolución28 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 18798/2017/1/CA2 Mendoza, 28 de junio de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Los presentes Nº FMZ 18798/2017/1/CA2, caratulados:

INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA DE BALMACEDA

PAVEZ, D. LEY 23737. (ART. 5

INC. C)

, venidos del Juzgado Federal de San Rafael, a esta Sala “A”, en

virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. sub. 48/51 y vta., por el

Defensor Público Oficial, contra la resolución de fs. sub. 44/46 y vta., por la

que se decide: “1º) NO HACER LUGAR AL ARRESTO DOMICILIARIO

solicitado a favor de D. BALMACEDA ap. mat. PAVEZ

….

.…”

Y CONSIDERANDO:

I. Que contra la resolución cuyo dispositivo ha quedado

transcripto ut supra, interpone recurso de apelación el Defensor Público

Oficial en representación de la imputada, agraviándose de la denegatoria por

el Aquo al pedido de prisión domiciliaria solicitado.

Señala que su pupila es madre de dos menores de edad de tres

años y 6 meses respectivamente, quienes convivían con ella hasta el día del

procedimiento. Que no tiene relación con los padres de los menores y que en

el caso del padre de la más pequeña, que aún es lactante y actualmente se

encuentra conviviendo con la encartada en el penal, se encuentra también

detenido y alojado en el penal local.

Considera que el J. con su denegatoria ha vulnerado los

derechos de los menores sobre todo los de la pequeña al obligarla a someterse

al establecimiento penal junto con su madre, lugar que no es apto para su

permanencia toda vez que se vive en condiciones de hacinamiento que

compromete la salud de la menor quien padece de afecciones de respiración

con cuidados específicos. Además señala que en complejo penitenciario no

disponen de médico pediatra ni cuenta con la higiene adecuada para el

alojamiento de la menor, cita en apoyo de estas afirmaciones las declaraciones

Fecha de firma: 28/06/2017 Alta en sistema: 29/06/2017 Firmado por: SALA "A": DRES. G.M., CORTÉS Y PARRA-

Firmado(ante mi) por: R.H.M., Secretario de Cámara #29769627#182596186#20170628132428531 del Director del Complejo Penitenciario N° IV de San Rafael, y el dictamen

favorable del Fiscal Federal, a los que remitimos en honor a la brevedad.

Agrega que la situación encuadra en las previsiones del art. 32

inc. f) de la ley 24.660, tratados y convenciones en la materia y el principio

del “interés superior del niño”.

II. Que las partes en ocasión de celebrarse la audiencia que

prevé el art. 454 del C.P.P.N. (texto según ley 26.374), fueron notificadas de

la opción prevista por Acordada N° 7372 de esta Cámara, habiendo

comparecido mediante apuntes sustitutivos que lucen respectivamente el del

apelante a fs. sub. 76/77, ampliando sus fundamentos; y el Sr. Fiscal General

S. ante esta Cámara a fs. sub. 78/80, oportunidad en que propicia se

conceda la petición formulada, a cuyos argumentos remitimos en honor a la

brevedad procedimental, quedando la causa en condiciones de ser resuelta.

III. En la presente causa se le endilga a la imputada la presunta

comisión del delito previsto y reprimido por el art. 5° inciso c de la ley 23.737,

en la modalidad de transporte de estupefacientes, a raíz de las investigaciones

originadas en virtud de una denuncia anónima dando cuenta que en la

Empresa de transporte “A.” sita en calle P. al Nº 800,

iba a llegar una caja de azúcar marca “Chango”, dirigida a una persona de

nombre D., la cual contendría droga. Que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR