Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 8 de Junio de 2017, expediente FTU 000786/2015/TO01/2

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN 786/2015 Incidente Nº 2 - IMPUTADO: ZELAYA, CESAR OSVALDO s/INCIDENTE DE FALTA DE ACCION San Miguel de Tucumán, 27 de abril de 2017.- LC AUTOS Y VISTOS:

Que vienen estos autos a despacho para resolver el planteo de nulidad interpuesto por la defensa de C.O.Z. a fs. 2/6 vta del presente incidente, y CONSIDERANDO:

Que a través del planteo incoado el Sr Defensor Oficial opone excepción de falta de acción a tenor de lo dispuesto por el art. 339 inc 2° y 358 CPPN por atipicidad de la conducta al no encontrarse configurados los elementos del tipo penal que se imputa a su asistido, correspondiendo se disponga su sobreseimiento.

El defensor oficial sostiene que con motivo de una requisa efectuada en el penal de V.U.C.O.Z., Fecha de firma: 08/06/2017 Alta en sistema: 09/06/2017 Firmado por: DRA. M.A.N., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: DR. C.E.I.J.M., PRESIDENTE Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #28526607#180899433#20170608092150980 padre de un interno, se le solicita que exponga sus objetos personales, sacando del bolsillo derecho de su pantalón un envoltorio de color negro con una cinta aisladora de cable, encontrándose, por personal penitenciario, una sustancia vegetal picada de color verde. En su declaración indagatoria Z. manifiesta que nunca se dio cuenta que llevaba la sustancia entre sus pertenencias ya que de de lo contrario lo hubiera dejado en su domicilio y agregó que se consumidor de marihuana y que consume en pocas oportunidades. En Esta oportunidad se ofreció a realizar un tratamiento de desintoxicación. El Fiscal requiere elevación a juicio de Z. por considerarlo autor penalmente responsable del delito previsto y penado por el art. 5 inc. e, último párrafo en cuanto se refiere a la entrega a título gratuito de estupefacientes con el agravante del art 11 inc e) en grado de tentativa.

Sostiene el Defensor que no hay acción penal para reprochar a sus asistido porque la conducta es atípica. Manifiesta que hay: “1) Errónea aplicación del art. 5 inc e) último párrafo de la ley 23737 y del agravante previsto en el art. 11 inc e) de la misma ley. De los hechos del caso se desprende que del análisis del plexo probatorio y de cómo ocurrieron los hechos, es imposible sostener que hubo una entrega de estupefaciente a título gratuito, y ni siquiera que hubo una tentativa de entrega de estupefaciente (…)

no existió comienzo de ejecución del delito …la tentativa de entrega Fecha de firma: 08/06/2017 Alta en sistema: 09/06/2017 Firmado por: DRA. M.A.N., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: DR. C.E.I.J.M., PRESIDENTE Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #28526607#180899433#20170608092150980 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN de estupefaciente será inexcusablemente “comenzar a entregar”, lo cual no se ha verificado en el caso en cuestión. …Así las cosas, al no haber ni siquiera ingresado mi asistido a la zona de visita, nos encontramos ante un acto preparatorio que no puede ser relacionado con la tentativa. 2) Inexistencia de peligro para la Salud Pública- Imposibilidad de producir perjuicio. (…) No puede entenderse...

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