Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 28 de Agosto de 2019, expediente FCT 005706/2016/15

Fecha de Resolución28 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES FCT 5706/2016/15/CA9 Corrientes, veintisiete de agosto de dos mil diecinueve.

Visto: las actuaciones caratuladas “Incidente de Excarcelación de

S., J.O. p/ Infracción Ley 23.737”, E.. Nº FCT

5706/2016/15/CA9, del registro de este Tribunal, provenientes del Juzgado

Federal Nº 2 de Corrientes.

Considerando:

Que al pasar las presentes actuaciones a estudio de su vocalía, el Sr.

Juez de Cámara, Dr. R.L.G. formuló su inhibición para seguir

entendiendo en la tramitación del presente recurso (fs. 27).

En consecuencia, de conformidad con el art. 31 bis del CPPN

(incorporado por el art. 4 de la Ley 27.384), visto los motivos invocados y

dado que su apartamiento se enmarca –prima facie en la causal prevista en los

arts. 55 inc. 3º del CPPN y 17 inc. 1º del CPCyCN, a efectos de preservar la

garantía de imparcialidad del juzgador corresponde hacer lugar a la

excusación formulada, teniéndoselo por apartado del trámite recursivo que se

revisa.

Ello así, conforme al criterio acogido jurisprudencialmente en punto a

que la inhibición es una parte sustancial del servicio de administración de

justicia, cuyas circunstancias deben ser ponderadas adecuadamente para

garantizar el debido proceso y el correcto ejercicio del derecho de defensa,

objetivos para los cuales la imparcialidad del juzgador deviene en una

condición sine qua non (Corte Suprema de Justicia de la Nación, Fallos:

306:1392; 310:2342; entre muchos otros).

Por lo que, SE

RESUELVE:

1) Hacer lugar a la inhibición formulada

por el Sr. Juez de Cámara, Dr. R.L.G., teniéndolo por apartado

del conocimiento de los presentes actuados.

R., notifíquese, comuníquese al Centro de Información Judicial

de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Cf. Acordada 05/19 CSJN),

Fecha de firma: 28/08/2019 Alta en sistema: 30/08/2019 Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.O.G. DE TERRILE, SECRETARIA DE CAMARA...

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