Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 27 de Diciembre de 2019, expediente FPO 002209/2017/TO01/2/1

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación Juzgado de Ejecución Penal Federal de Posadas Posadas, 27 de diciembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente Incidente FPO 2209/2017/TO1/2/1 caratulado “FLEITAS, C.I. S/ INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL” (en Expte. P.. FPO 2209/2017/TO1/2 caratulado “FLEITAS, C.I. s/Legajo de Ejecución Penal”), la procedencia de la libertad condicional de la encartada C.I.F.; Y CONSIDERANDO:

Que, encartada C.I.F., paraguaya, de estado civil soltero, titular del CI (Par) Nª 6.538.307, fue condenado el 18 de diciembre del año 2.018, por quien S., juzgando en trámite unipersonal y de conformidad con las normas del Juicio Abreviado (art.

431 bis, incorporado al C.P.P.N. por ley Nº 24.825), en la causa FPO 2209/2017/TO1, caratulada “FLEITAS, C.I. s/ INFRACCION LEY 23.737 en concurso real con infracción Ley 20974 (art . 33 inc.

c)”, registro de este Tribunal de Juicio Oral, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, multa mínima, accesorias legales y costas, como AUTORA penalmente responsable del delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES en concurso real con el delito de Uso de Documento Perteneciente a otra persona (art 5 inc. “c” de la ley 23.737, art. 33 inc. d de la Ley 20974; y arts. 12, 29 inc.3, 45 y 55 del Código Penal).

Que, en auto de procesamiento en Expte. P.. FPO 2209/2017 obra resolución (fs. 57-61) se concede la Prisión Domiciliaria a la condenada C.I.F., a cumplirse en el domicilio sito en Mz. 101, casa 16 del Barrio Ferroviario (Villa 31 Bis), C.. Conforme surge del cómputo de la pena impuesta obrante en autos principales C.I.F., se encuentra en condiciones temporales de Fecha de firma: 27/12/2019 Alta en sistema: 16/01/2020 Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.F., SECRETARIO - JUZGADO DE EJECUCIÓN PENAL FEDERAL POSADAS-

1-4).-

Encontrándose radicada la presente causa por ante el Juzgado de Ejecución Penal Federal, y con cumplimiento de la fecha señalada anteriormente, se solicitaron los informes sociales a la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, y los informes actualizados al Registro Nacional de Reincidencia y fin de poder resolver su Libertad Condicional. –

Que, de las documentales remitidas por la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, surge que el domicilio...

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