Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 18 de Septiembre de 2020, expediente FSM 033299/2020/1/CA001

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II

Causa FSM 33299/2020/1/CA1

Incidente de Medida Cautelar: KUNIEJ, L.M. EN REP

DE SU HERMANO A.F.K c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DE

TRABAJADORES HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REP. ARGENTINA

-OSUTHGRA- s/ PRESTACIONES MEDICAS

Juzgado Federal de S.M. Nº 1 - Secretaría N° 3

S.M., 18 de septiembre de 2020.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud de los recursos de apelación interpuesto por la demandada contra la resolución de fecha 31/08/2020, en la cual el Sr. juez “a quo” hizo lugar a la medida cautelar peticionada y ordenó a la Obra Social de la Unión de Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la Rep. Argentina -OSUTHGRA- que brindara a A.F.K., la cobertura de la prestación de Acompañante Terapéutico, con L.D.R., 6 hs.

    diarias de lunes a viernes, hasta el pago del valor equivalente al módulo Prestaciones de Apoyo que preveía ́

    el Nomenclador de Prestaciones Basicas para Personas con Discapacidad, aprobado por Res. 428/1999; y la prestación de Psicología, con J.L.F., 2 sesiones semanales, 8 sesiones mensuales, hasta el pago del valor equivalente al módulo Integral Simple, sumas que se irían actualizando conforme las sucesivas resoluciones del ́

    Ministerio de Salud de la Nacion; todo ello conforme lo ́

    prescripto por el medico tratante y sin perjuicio del cargo de los mayores costos a definirse en la sentencia definitiva.

  2. Se quejó la demandada, entendiendo que se le impuso la obligación de abonar dentro de los 15 días Fecha de firma: 18/09/2020

    Firmado por: G.R., SECRETARIO DE JUZGADO

    Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II

    Causa FSM 33299/2020/1/CA1

    Incidente de Medida Cautelar: KUNIEJ, L.M. EN REP

    DE SU HERMANO A.F.K c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DE

    TRABAJADORES HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REP. ARGENTINA

    -OSUTHGRA- s/ PRESTACIONES MEDICAS

    Juzgado Federal de S.M. Nº 1 - Secretaría N° 3

    hábiles las facturas correspondientes al costo que erogaba el tratamiento prescripto.

    Sostuvo que el plazo establecido era irrazonable y se tornaba de imposible cumplimiento de la obligación.

    Expuso, que el decreto 904/2016 estableció un mecanismo denominado “integración” para el financiamiento directo del “fondo solidario de redistribución” a los agentes del Seguro de la Salud, de la cobertura de las prestaciones...

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