Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 22 de Agosto de 2017, expediente FMZ 009366/2016/2/CA001

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 9366/2016/2/CA1 Mendoza, 22 de Agosto de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Los presentes Nº FMZ 9366/2016/2/CA1, caratulados:

INCIDENTE DE EXCARCELACION DE MOLINA ARCHILLA JOSE

ANTONIO POR INFRACCION LEY 23.737

, venidos del Juzgado Federal

N° 1 de Mendoza, a esta Sala “A”, en virtud del recurso de apelación

interpuesto a fs. sub. 31/32 y vta., por la defensa técnica del imputado José A.

Molina, contra la resolución de fs. sub. 27/30, por la que se decide: “l. NO

HACER LUGAR a la solicitud de libertad formulada por la defensa técnica de

J.…”.

Y CONSIDERANDO:

I. Que contra la resolución cuyo dispositivo ha quedado

transcripto ut supra interpone recurso de apelación la defensa técnica del

imputado J. Molina Archilla, agraviándose de la denegatoria por el A

quo al pedido de excarcelación solicitado, por cuanto considera que no se han

interpretado adecuadamente las normas procesales ni tenido en cuenta las

condiciones personales, familiares, ambientales ni la ausencia de antecedentes

penales de su asistido, apartándose del criterio jurisprudencial sentado por el

fallo P.. Sostiene que el J. se ha basado únicamente en

la gravedad del ilícito, omitiendo la posibilidad de contemplar otros

mecanismos alternativos menos traumáticos para asegurar los fines del

proceso.

Por último, se agravia considerando inadecuada la valoración

de las constancias atento el escaso tiempo transcurrido desde el inicio de la

pesquisa lo que no permite sostener, sin duda alguna, la responsabilidad de su

pupilo.

II. Que las partes en ocasión de celebrarse la audiencia que

prevé el art. 454 del C.P.P.N. (texto según ley 26.374), fueron notificadas de

la opción prevista por Acordada N° 7372 de esta Cámara, habiendo

comparecido mediante apuntes sustitutivos que lucen respectivamente el del

apelante a fs. sub. 40/44; y el Sr. Fiscal General ante esta Cámara a fs. sub.

38/39, oportunidad en que solicita el rechazo del recurso, a cuyos argumentos

Fecha de firma: 22/08/2017 Alta en sistema: 04/09/2017 Firmado por: SALA "A": DRES. G.M., CORTÉS Y PARRA-

Firmado(ante mi) por: R.H.M., Secretario de Cámara #30011811#186082164#20170817124609179 remitimos en honor a la brevedad procedimental, quedando la causa en

condiciones de ser resuelta.

III. Al imputado se le atribuye la comisión del delito tipificado

por el artículo 5 inciso c) en la modalidad de tenencia de estupefacientes con

fines de comercialización, agravado por el art. 11 inciso a) por la

participación de tres o más personas.

Ello en virtud de las investigaciones realizadas conforme lo

actuado el 5 de junio por el personal del departamento de escuchas telefónicas

y coordinación investigativa, de donde surgió la organización de una maniobra

en la que el imputado F., viajaría a Salta con la finalidad de proveerse

de estupefacientes. Ante esta situación se montó un dispositivo de control en

los puntos de ingreso a la provincia, así fue que se detectó el arribo de un

vehículo marca Volkswagen modelo C...

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