Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 9 de Agosto de 2017, expediente FMZ 039370/2016/2/CA001

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 39370/2016/2/CA1 Mendoza, 09 de agosto de 2017.-

Y VISTOS:

Los presentes autos Nº FMZ 39370/2016/2/CA1 caratulados “Incidente de Devolución En Autos CARPIO, R.A. p/ Inf. Ley 23.737” venidos del Juzgado Federal Nº 2 de S.J., a esta Sala “B”, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Sr. Defensor Público Oficial Coadyuvante en favor de R.A.C. (fs. 11/14) en contra de la resolución dictada por el Sr.

Juez del Juzgado Federal Nº2 de San Juan mediante la cual se resuelve:

I) No hacer lugar al pedido de devolución del dinero secuestrado en el marco de las presentes actuaciones;

(fs. 04/06).

Y CONSIDERANDO:

I.- Que contra el interlocutorio mediante el cual el a-

quo resolvió no hacer lugar pedido de devolución del dinero secuestrado en el marco de la presente causa (fs. 04/06), la defensa de R.A.C. interpone recurso de apelación motivado (art. 438 del CPPN), solicitando se revoque el mismo (fs. 11/14.).-

Entiende la defensa que se trata de dinero que el solicitante percibió en virtud del cobro de la pensión no contributiva por discapacidad, que C. había extraído de su Caja de Ahorros en fecha 01/12/2016, es decir, el mismo día del allanamiento, habiéndose adjuntado en dicha oportunidad los comprobantes correspondientes a la liquidación de haberes previsionales del mes de diciembre de 2016 y del saldo resultante en la misma cuenta el día del allanamiento.-

Concedido el recurso por el Inferior (fs. 16) y elevado el expediente a la alzada (fs. 17) se presenta en primer término a informar el Sr. Fiscal General, solicitando se haga lugar al recurso interpuesto por entender que, sin perjuicio de la responsabilidad que a Fecha de firma: 09/08/2017 Alta en sistema: 18/08/2017 Firmado por: R.N. -R.A.F., Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: G.L.T., Secretaria de Cámara #29307756#184799954#20170803114427766 C. le cabría por los hechos por los cuales se encuentra procesado, el dinero que tenía en su poder no posee relación con la investigación ni constituye prueba de la causa (fs. 21 y vta.).-

Seguidamente obra agregado el informe de la Defensa Oficial, haciendo remisión a los agravios expuestos en oportunidad de interponerse el recurso (fs. 22 y vta.).-

II.- Analizadas las constancias de la causa, este Tribunal entiende que corresponde hacer lugar al recurso intentado, por los argumentos de hecho y derecho que se...

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