Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2, 9 de Mayo de 2016, expediente FSM 077000588/2011/CA001

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2 Causa n°7378 - FSM 77000588/2011/CA1 “IMPUTADO: O.P., ALEX SANDRO s/INFRACCION ART. 145 TER 1° PARRAFO (SUSTITUIDO CONF. ART 26 LEY 26.842)”

REGISTRO DE CÁMARA N° 7926 San Martín 9 de mayo de 2016.

Autos a resolver.

Ante mi:

S.M. 9 de mayo de 2016.

I) VISTOS

Y CONSIDERANDO.

El Juzgado Federal de Tres de Febrero dispuso el procesamiento de A.S.O.P., en calidad de autor y en orden al delito de trata de personas (acogimiento de un menor de 18 años, mediando abuso de una situación de vulnerabilidad, con fines de explotación laboral; art. 145 ter, apartado 1°, del Código Penal, conf. versión ley 26.364, fs. 260/267v.).

La decisión fue apelada por el defensor oficial que, en la instancia, mantuvo la impugnación; sin adhesión del señor F. General (fs. 268/273v., 285 y 287/288).

Fecha de firma: 09/05/2016 Firmado por: A.A.L., 1 Firmado por: H.D.G., Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA #24144464#152299255#20160517143605685

II) Con los antecedentes reunidos en la actualidad, se encuentra acreditado que en la vivienda habitada por A.S.O.P., funcionaba un taller de costura a cargo, en principio, del nombrado (calle La Niña 1866 de San Miguel, fs. 43/51 e indag. fs. 72/80).

Luego, en lo que interesa E.E.Á.Y. hizo saber lo siguiente: “que en Bolivia vivía con su abuela, que a V. fue acompañado por F. y M., hermanos de A.S.O.. En la casa en la que vivió en Buenos Aires en San Miguel, también vivió allí su madre; llegamos un sábado, el domingo nos enseñaron y ya el lunes empezamos, les iba a pagar a cada uno cien dólares, pero que debían trabajar hasta saldar la deuda que tenían con él [O.P., lo mío eran $278 por los gastos de pasaje, alojamiento en Villazón y comida y lo de mi madre era algo así como cuatrocientos pesos. En un principio A. le dijo que el trabajo iba a ser entre las 7 y las 18 horas, pero nunca cumplió, desde el primer día fue de 7 a 22. Nos despertábamos 6.30, desayunábamos en la cocina y a Fecha de firma: 09/05/2016 Firmado por: A.A.L., Firmado por: H.D.G., Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA #24144464#152299255#20160517143605685 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2 Causa n°7378 - FSM 77000588/2011/CA1 “IMPUTADO: O.P., A.S. s/INFRACCION ART. 145 TER 1° PARRAFO (SUSTITUIDO CONF. ART 26 LEY 26.842)”

REGISTRO DE CÁMARA N° 7926 las 7 debíamos empezar a trabajar. En el lugar vivían el dicente, otro menor llamado V., A., su mujer, J. que es amigo de A. y los sábados y domingos venía la mujer de éste último.

Trabajaban hasta...

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