Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 18 de Mayo de 2023, expediente CAF 084134/2016/CA001

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CÁMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

- SALA IV -

Exp. CAF 84.134/2016/CA1: “IBÁÑEZ, B.F.J. C/ EN-M

SEGURIDAD – PFA S/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE

SEG”

En Buenos Aires, a de de 2023, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de esta Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer el recurso interpuesto en los autos “IBÁÑEZ, B.F.J. C/

EN-M SEGURIDAD – PFA S/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS

FFAA Y DE SEG” contra la sentencia del 13.3.2023, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara M.D.D. dijo:

  1. ) Que la señora juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y, en consecuencia, condenó al Estado Nacional —Policía Federal Argentina— a incorporar al haber mensual de los actores los adicionales establecidos por el decreto 2744/1993 y sus modificatorios. Asimismo, ordenó

    el pago de las retroactividades devengadas desde los cinco años anteriores a la interposición de la demanda, la presentación del reclamo administrativo previo o su denegatoria, lo que surgiera de las constancias de autos, hasta el 1º.4.2022

    (cfr. decreto 142/2022).

    Señaló que las diferencias mensuales devengarían intereses —hasta su efectivo pago— conforme a la tasa pasiva (artículo 10 del decreto 941/1991 y artículo 8º, segundo párrafo, del decreto 529/1991).

    Finalmente, en atención a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “O., distribuyó las costas del proceso en el orden causado (artículo 68, segundo párrafo, del CPCCN).

  2. ) Que, contra ese pronunciamiento, el Estado Nacional interpuso recurso de apelación el 17.3.2023, que fue concedido libremente en igual fecha.

    Fecha de firma: 18/05/2023

    Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA 1

    Puestos los autos en la Oficina, el recurrente expresó

    agravios el 3.4.2023, que fueron contestados por el actor el 17.4.2023.

  3. ) Que las cuestiones planteadas con relación al decreto 2744/93 y sus modificatorios resultan sustancialmente análogas a las resueltas por esta Sala en la causa caratulada “DEL RIO, G.J. c/ EN – M°

    Justicia-PFA- DTO 2744/93 861/07 s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg”, sentencia del 11.2.2010, en la que se reconoció el derecho del personal de la Policía Federal a incorporar a su “haber mensual” las asignaciones establecidas por dichos decretos, como remunerativos y bonificables.

    En este sentido, la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Oriolo” (Fallos: 333:1909) ha señalado que “(…) aun cuando los decretos de necesidad y urgencia 1255/05, 1126/06 y 861/07 –convalidados por ambas Cámaras del Congreso Nacional- y el decreto...

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