Ganancias: qué dispuso la AFIP sobre reintegros de montos, el impuesto sobre el aguinaldo y la tabla de alícuotas

Por lo descontado como impuesto sobre el aguinaldo de diciembre, habrá devolución de importes

A partir de octubre, los trabajadores bajo relación de dependencia no estarán alcanzados por Ganancias cuando sus remuneraciones brutas del mes en cuestión no superen el monto equivalente al salario mínimo, vital y móvil (SMVM) multiplicado por 15, ni tampoco cuando el sueldo bruto promedio del período que se iniciará el mes próximo esté por debajo de esa cifra, que rondaría los $2 millones. Es decir, si un empleado tiene un noviembre un salario que supera el límite establecido, pero al promediarlo con el del mes previo la cifra resulta inferior, entonces no habrá retención.

El régimen funcionará de esa manera a partir de las remuneraciones devengadas en octubre (cobradas, en la generalidad de los casos, en noviembre) y hasta las percibidas antes del 1° de enero de 2024. Esas y otras precisiones fueron confirmadas por la resolución 5417 de la AFIP, publicada en el Boletín Oficial. Se trata de una medida reglamentaria del decreto 473, que fijó el piso salarial para pagar Ganancias en 15 SMVM según el valor que esté vigente en octubre.

Actualmente, como el salario mínimo es de $118.000, ese monto de referencia es de $1.770.000. Sin embargo, la base para empezar a tributar será más elevada, porque el Ministerio de Trabajo convocó para el 27 de este mes al consejo del salario mínimo, para reajustar esa variable. Ese día se conocerá, entonces, cuál será exactamente el nuevo piso salarial para tributar, que no tendrá cambios hasta el año próximo.

La medida del organismo de recaudación incluye un anexo con una tabla de alícuotas del impuesto que tiene valores incrementados respecto de la que rige hasta los salarios de este mes. Tal como informó LA NACION, la normativa previó que los asalariados que sigan alcanzados por Ganancias en lo que resta de este año tengan una imposición aliviada respecto de la actual. De no ocurrir eso, habría casos de personas que, con una remuneración superior, pasarían automáticamente cobrar mucho menos en mano que otras con salarios inferiores y, por tanto, liberados de la carga fiscal. Y eso hubiera implicado sumar nuevas distorsiones a las que ya tiene el esquema impositivo y que no están siendo corregidas.

Otra disposición confirmada por la medida de la AFIP es que la segunda cuota del aguinaldo de este año, que se cobrará en diciembre, estará liberada de Ganancias para quienes tengan un salario promedio, durante todo este...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR