Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 26 de Noviembre de 2020, expediente CSS 103933/2016/CA001

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2020
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -

SALA 2

Sentencia Definitiva “ DOMINGUEZ ROBERTO VIRGINIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

103933/2016

Buenos Aires,

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reunida la S. II de la Excma Cámara Federal de la Seguridad Social a los fines del dictado de la presente sentencia, se procede a votar en el siguiente orden:

EL DR. W.F.C. DIJO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta S. en virtud de los recursos de apelación interpuestos por las partes, contra la sentencia de grado.

El organismo cuestiona lo resuelto en torno a los parámetros ordenados para la actualización de las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial y solicita la aplicación del índice previsto en la ley 27.260 y Decreto 807/2016. Cuestiona, además, la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9

inc. 3) de la ley 24.463, 26 de la ley 24.241 y lo resuelto respecto del art. 82 de la ley 18037.

En cuanto a la apelación interpuesta por la parte actora, toda vez que no ha presentado memorial de agravios en los términos del art. 259 del C.P.C.C.N.,

corresponde declarar la deserción del recurso intentado conforme art. 266 y cc.

del C.P.C.C.N.

En lo relativo a los agravios que giran en torno al método de actualización de las remuneraciones para la determinación del haber inicial, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Alto Tribunal de la Nación en los autos “Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” (Fallos 332: 1914) doctrina que fue ratificada en la sentencia “B., L.O. c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” de fecha 18 de diciembre de 2018. En dichos precedentes la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción –promedio general, personal no calificado-, utilizado por la Resolución 140/95 de la Administración Nacional de la Seguridad Social, sin limitación temporal alguna.

Razones de economía procesal aconsejan remitirse a dichos precedentes a fin de evitar un dispendio jurisdiccional innecesario, por lo que corresponde ratificar lo resuelto por la a quo en torno a la actualización de las remuneraciones Fecha de firma: 26/11/2020

Firmado por: N.C. DORADO, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.L.P., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: JUAN A FANTINI ALBARENQUE, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: W.F.C., JUEZ DE CÁMARA SUBROGANTE

consideradas para el cálculo de la...

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