Disposición Nº 1537/2012

Fecha de disposición10 Diciembre 2012
Fecha de publicación17 Diciembre 2012
SecciónDisposiciones

Bs. As., 10/12/2012

VISTO la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429, la Ley Nº 23.979 y su marco de referencia la Ley Nº 23.283, la Ley Nº 24.492, la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992), sus modificatorias y en particular el Decreto Nº 1993 del 14 de diciembre de 2010, los Decretos Nº 395 del 20 de febrero de 1975, 302 del 8 de febrero de 1983, 378 del 27 de abril de 2005, las Resoluciones Nros. 1479 del 14 de octubre de 2006, 1619 del 23 de agosto de 2012 del registro del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las Disposiciones Nros. 520 del 21 de agosto de 2012, 643 del 28 de septiembre de 2012 del registro de la Dirección Nacional del Registro Nacional de Armas, demás normativa de aplicación, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 145 del Anexo I al Decreto Nº 395/75, Reglamentario de la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429, faculta a establecer aranceles y tasas equitativos para la atención de los servicios administrativos y técnicos que demanda el cumplimiento de la misma.

Que en concordancia, el Artículo 609 del Decreto Nº 302/83, Reglamentario de la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429 en lo referente a pólvora, explosivos y afines, establece en lo relativo a aranceles, tasas y multas que será de aplicación el capítulo VII de la Reglamentación aprobada por el Decreto Nº 395/75.

Que por Ley Nº 24.492 se establece la utilización, en forma indefectible, de los Formularios Ley Nº 23.979 para la realización de todo acto de registración.

Que dichos aranceles y tasas resultan ser fuente de los recursos que sostienen el Sistema de Cooperación Técnica y Asistencia Financiera del Organismo, sin costo alguno para el estado Nacional, implementado a partir de la sanción de la Ley Nº 23.979 y su marco de referencia la Ley Nº 23.283.

Que por Decreto Nº 1993/10 se modificó la citada Ley de Ministerios, estableciéndose, entre otras, las nuevas competencias del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, entre las cuales se encuentra la de entender en el registro, habilitación, fiscalización y supervisión que establece la legislación vigente en materia de armas, pólvoras, explosivos y afines.

Que resulta de aplicación la Resolución MJyDH Nº 1479/06 y su modificatoria, en relación al Sistema de Cooperación Técnica y Asistencia Financiera.

Que es competencia indelegable del Registro Nacional de Armas...

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