Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 6 de Marzo de 2017, expediente CSS 041624/2012/CA001

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1MAD Expte nº: 41624/2012 Autos: “DETLEFSEN MARTA EDITH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

J.F.S.S. Nº 5 Sentencia Definitiva del Expte. Nº 41624/2012 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS:

  1. Llegan los presentes actuados a fin de resolver los recursos de apelación interpuestos por las partes contra el decisorio de la Sra. Juez a cargo del Juzgado Federal de la Seguridad Social n° 5.

    La parte actora se agravia por cuanto el juez haya omitido expedirse sobre el recalculo del PAP y PC teniendo en cuenta el concepto “cuenta de jerarquización que fue pagado en forma habitual y regular por el empleador y que se encuentra comprendido en el art 6 de la ley 24241. Pide el reajuste de la PBU.

    Pide se declare la inconstitucionalidad del art 21 de la ley 24463 y cuestiona la tasa de interés aplicada.

    La parte demandada se agravia de la aplicación del fallo “B.” y de la aplicación sin límite temporal de la Res 140/95.

    Plantea la improcedencia del fallo “Z., J.M.” al beneficio del actor otorgado bajo el amparo de la ley 24.241. Además manifiesta que la sentencia aplica un inadecuado índice salarial sin la limitación de su propia norma para el periodo posterior a marzo de 1991 y hasta la fecha de cese. Cuestiona la remisión al fallo “Q.”.

    Se agravia de la declaración de inconstitucionalidad de los arts 7 inc 2 de la ley 24463, movilidad establecida desde el 1/4/1995 al 31/12/2006 e invoca la ley 26417.

    Sostiene la aplicación del art 9 de la ley 24463, y se agravia de la declaración de inconstitucionalidad de los arts 24, 25 y 26 de la ley 24241 y plantea la incorrecta actualización de la PBU, aplicando los parámetros expuesto en fallo “B.” y “Elliff”.

    Asimismo se agravia por cuanto no aplica el art 82 de la ley 18037 y cuestiona la imposición de costas a la demandada, se opone a la aplicación de la tasa activa.

    II El actor adquirió el beneficio previsional conf leyes 24241, 24476, 25865, 25994 art 6º y le fueron liquidadas las siguientes prestaciones: PBU, PC, PAP a partir del 11-03-2011.

  2. En relación al agravio deducido respecto del ajuste de la PBU cabe realizar la siguiente reflexión. El actor adquirió el beneficio previsional con posterioridad a la vigencia de la ley 26.417. Dicha norma legal, en su artículo cuarto, sustituyó el art. 20 de la ley 24.241 y sus modificatorias, además de establecer un nuevo sistema de cálculo móvil para esa prestación (ver art. 6). Por lo tanto, nos hallamos frente a un nuevo método legal fijado Fecha de firma: 06/03/2017 por el legislador para calcular esta prestación, con carácter móvil en el contexto de la ley Firmado por: DRA. MAFFEI - DR.CHIRINOS -DRA.PEREZ TOGNOLA, JUECES DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.L., SECRETARIA ello, en virtud de la doctrina emanada de la 26.417. Sin perjuicio de DE CAMARA CSJN en autos “Q., #25615481#171437388#20170209113018422 C.A. c/Anses s/Reajustes Varios”, del 11/11/2014, donde se reafirmó la necesaria proporcionalidad del haber con la situación de los activos, cabe adecuar y diferir el análisis del ajuste de dicha prestación para el tiempo de la liquidación en los términos expuestos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el citado pronunciamiento.

    Ello así, en virtud de la obligación...

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