Decreto 2803/2012

Fecha de disposición28 Diciembre 2012
Fecha de publicación28 Febrero 2013
SecciónDecretos

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº S04:0018035/11 y sus agregados sin acumular Nros. S04:0026806/11, S04:0053605/11, S04:0003798/12, S04:0004746/12, S04:0007563/12, S04:0007565/12, S04:0007570/12, S04:0021521/12, S04:0021524/12 y S04:0025425/12 del registro del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, las Leyes Nros. 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº 2054, ambos del 22 de diciembre de 2010 y 26.728, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de las Leyes Nros. Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y 26.728, se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de esas mismas leyes.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, solicita la cobertura transitoria de diversas vacantes financiadas del citado Instituto.

Que las personas propuestas a que se refieren los artículos 1°, 3°, 4° y 6° del presente, reúnen los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los cargos a cubrir, los que luego serán cubiertos conforme los sistemas de selección previstos en la normativa vigente.

Que por su parte las personas propuestas a que se refieren los artículos 2° y 5° reúnen los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los cargos a que se refieren dichos artículos, pero no cumplen con los requisitos exigidos de conformidad con lo establecido por el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, por lo cual sus designaciones tramitarán por autorización excepcional.

Que a los efectos de implementar las referidas coberturas transitorias, resulta necesario designar a las personas que se proponen con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 7° de las Leyes Nros. 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y 26.728.

Que la cobertura de los cargos en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno, contándose con el crédito necesario.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601/02.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos y 10 de las Leyes Nros. 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y 26.728, como así también en función de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Desígnanse transitoriamente, a partir del día 1° del mes siguiente a la fecha del...

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