Decreto 2054/2010

Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2010

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa Legal y TEcnica Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial DR. Jorge Eduardo FeijoÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual N'º' 812.152

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Buenos Aires, miércoles 29 de diciembre de 2010

Año CXVIII Número 32.058

Sumario Pág.

Continúa en página 2

DECRETOS PRESUPUESTO 2054/2010

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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 2085/2010

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2086/2010

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2087/2010

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2057/2010

5

2058/2010

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2053/2010

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ACUERDOS 2084/2010

6

JUSTICIA 2062/2010

6

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS 2061/2010

6

MINISTERIO DE SALUD 2066/2010

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MINISTERIO DE TURISMO 2064/2010

7

PERSONAL MILITAR 2088/2010

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DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 917/2010

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DECRETOS % 1 % PRESUPUESTO Decreto 2054/2010

Establécense disposiciones complementarias a la prórroga del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 aprobado por la Ley N'º' 26.546.

Bs. As., 22/12/2010

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, aprobado por la Ley N'º' 26.546 y prorrogado para el Ejercicio 2011 en virtud de lo dispuesto por el ArtÃculo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N'º' 24.156 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Mensaje N'º' 673 de fecha 15 de septiembre de 2010 el PODER EJECUTIVO NACIONAL remitió el Proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011 al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Que si bien el PODER LEGISLATIVO NACIONAL se abocó al tratamiento del referido Proyecto de Ley, el mismo no ha recibido la sanción legislativa correspondiente.

Que en consecuencia y por la aplicación del ArtÃculo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N'º' 24.156 y sus modificaciones, operó la prórroga del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 aprobado por la Ley N'º' 26.546.

Que, asimismo, resulta necesario y urgente incorporar diversas disposiciones incluidas en el citado Proyecto de Ley a fin de posibilitar la adecuada atención de distintos aspectos del funcionamiento del ESTADO NACIONAL, conforme al Programa General de Gobierno.

Que en consonancia con lo expresado por la Dirección General de Asuntos JurÃdicos de la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en su Dictamen N'º' 222.631, obrante en las actuaciones N'º' S01:0103383/2010 de la citada Cartera de Estado, el cual expresa que “En lo que se refiere al alcance que corresponde dar a las disposiciones del artÃculo 27 de la Ley N'º' 24.156, se observa —como bien se ha señalado— la directa aplicación integral de la ley presupuestaria anterior (hoy la N'º' 26.546) para el caso de ausencia de norma en un ejercicio financiero vigente, replicándose todas las disposiciones de la ley con el tamiz que se regla y salvo las que hubieran cumplido su objeto”, la presente medida contiene las disposiciones complementarias necesarias para garantizar la continuidad y eficiencia del funcionamiento del Estado y la prestación de los servicios, respetando la interpretación aludida.

Que, en consecuencia, resulta necesario establecer el total de cargos y horas de cátedra para cada Jurisdicción y entidad de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011, juntamente con la facultad al señor Jefe de Gabinete de Ministros que le permita atender situaciones excepcionales durante el desarrollo del Ejercicio Fiscal 2011.

Que, por medio del Decreto N'º' 1993 de fecha 14 de diciembre de 2010, se sustituye el ArtÃculo 1'º de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N'º' 438/92) y sus modificaciones, creándose el MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que por el ArtÃculo 3'º del citado decreto se modifica el ArtÃculo 22 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N'º' 438/92) y sus modificaciones, estableciendo las competencias de la nueva Cartera Ministerial.

Que, conforme lo expresado, se deberá aprobar la estructura jurisdiccional que permita dar cumplimiento a las misiones y funciones que le fueron asignadas y por ende, resulta necesario autorizar al señor Jefe de Gabinete de Ministros a incorporar, oportunamente los cargos que se aprueben a tal fin.

Que a los efectos de dar continuidad a los planes de infraestructura encarados por el Gobierno Nacional es indispensable autori Miércoles 29 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.058 2

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PRESUPUESTO 913/2010

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PRODUCCION AGROPECUARIA 6155/2010-ONCCA Régimen de compensación para los pequeños y medianos productores de trigo y de maÃz.

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SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR 3555/2010-MJSDH Acéptase la renuncia al cargo de Subsecretario de Seguridad en los Espectáculos FutbolÃsticos.. 27

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34 zar la contratación de obras o adquisición de bienes y servicios cuyo plazo de ejecución exceda el Ejercicio Financiero 2011.

Que es menester posibilitar el normal desenvolvimiento de la operatoria de la CENTRAL HIDROELECTRICA DE YACYRETA sin alterar el funcionamiento comercial actual del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM).

Que se estima oportuno establecer que los remanentes de recursos originados en la prestación de servicios adicionales cumplimentados por la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, en virtud de la autorización dispuesta por el Decreto Ley N'º' 13.473 de fecha 25 de octubre de 1957 y su reglamentación y el Decreto Ley N'º' 13.474 de fecha 25 de octubre de 1957, ambos convalidados por la Ley N'º' 14.467 y sus modificatorias, puedan ser incorporados a los recursos del ejercicio siguiente del Servicio Administrativo Financiero 326 - POLICIA FEDERAL ARGENTINA.

Que se considera conveniente afectar los recursos que se obtengan por la subasta del espectro radioeléctrico al mejoramiento e instalación de nuevas redes de telecomunicaciones en el marco de los Planes Nacionales “Argentina Conectada” y “Conectar Igualdad.com.ar”; y al desarrollo de los Sistemas Argentinos de Televisión Digital Terrestre y de Televisión Digital Directa al Hogar.

Que con el fin de robustecer las polÃticas de financiamiento orientadas al desarrollo del sector exportador de las Pequeñas y Medianas Empresas de la REPUBLICA ARGENTINA, corresponde facultar al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a disponer la capitalización del BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA (BICE).

Que, resulta indispensable, a fin de evitar su caducidad, establecer la prórroga por DIEZ (10) años a partir de sus...

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