Decreto 982/2007
Fecha de disposición | 27 Julio 2007 |
Fecha de publicación | 27 Julio 2007 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 31205 |
Dase por designado transitoriamente Coordinador de Radios y Control.
Bs. As., 25/7/2007
VISTO el Expediente Nº 108/04 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, las Leyes Nº 25.827, 25.967 y 26.078, los Decretos Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y Nº 565 del 1º de junio de 2005, y CONSIDERANDO:
Que por las citadas Leyes se aprobaron los Presupuestos de la Administración Nacional para los ejercicios 2004, 2005 y 2006, respectivamente y 2007 por la Ley N° 26.198.
Que los artículos 7º de las Leyes Nros. 25.827, 25.967 y 26.078 establecen que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que asimismo, mediante el Decreto Nº 491/ 02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente o no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.
Que, en el ámbito del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, dependiente de la SECRETARIAGENERALde la PRESIDENCIADE LA NACION se encuentra vacante el cargo de Coordinador de Radios y Control, dependiente del Directorio, cuya cobertura transitoria resulta indispensable para asegurar el normal desenvolvimiento del organismo.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante excepción a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en los Títulos III, Capítulo III y VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/ 91 (t.o. 1995) y los artículos 7º de las Leyes Nros. 25.827, 25.967, 26.078 y 26.198.
Que el señor Estanislao GRACI Y SUSINI reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el referido cargo.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que el citado Comité cuenta con el crédito...
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