Decreto 2734/2014

Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2014



ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 2734/2014

Decreto N° 357/2002 y Decreto N° 1343/2007. Modificaciones.

Bs. As., 30/12/2014

VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorios y complementarios, la Ley N° 26.895, los Decretos N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios y 1343 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 03 de enero de 2014, y el expediente N° 1-2002-16949/14-2 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 357/02 y modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional hasta el nivel de Subsecretaría, estableciéndose sus competencias.

Que, oportunamente y mediante el Decreto N° 1343/07 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD.

Que en función de las actuales necesidades operativas y ante la necesidad de fortalecer las políticas públicas en materia de prevención, control, eliminación y erradicación de las enfermedades inmunoprevenibles se hace imprescindible, conforme con la experiencia acumulada desde el dictado del Decreto N° 1343/07 y sus modificatorios, la incorporación a dicha estructura organizativa de la DIRECCION NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES con dependencia directa de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS del citado Ministerio, a fin de fortalecer las estrategias de prevención primaria a través de las vacunas y posibilitar el alcance de elevados niveles de cobertura en todas las Jurisdicciones, mejorando la prestación de los servicios de vacunación y estableciendo prioridades para la incorporación de nuevas vacunas a los Calendarios Nacionales.

Que a esos fines resulta necesario modificar parcialmente los objetivos establecidos por el Decreto N° 357/02 y modificatorios para la SUBSECRETARIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS dependiente de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS y los oportunamente fijados para la aludida Secretaría, como así también sustituir el esquema organizativo correspondiente al primer nivel operativo aprobado por el Decreto N° 1343/07 y modificatorio, para la misma.

Que consecuentemente con lo expuesto y a efectos de asegurar la inmediata puesta en marcha de la nueva Dirección Nacional, es menester contar con el cargo correspondiente, en el cual pueda materializarse la designación de su titular.

Que la medida propiciada contribuirá a lograr un adecuado cumplimiento de los criterios de eficacia y eficiencia necesarios para el logro de los objetivos estratégicos establecidos para el MINISTERIO DE SALUD, posibilitando una mejor respuesta a las demandas que se presenten en materia de prevención y control de enfermedades inmunoprevenibles.

Que la reforma propuesta se encuentra fundada en el análisis y evaluación de las funciones indelegables del ESTADO NACIONAL.

Que el artículo 10 de la Ley N° 26.895 estableció que las facultades otorgadas por ella al señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD y la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL, y por los artículos y 10 de la Ley N° 26.895.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Sustitúyese del Anexo II al artículo 2° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios...

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