Decreto 285/2003

Fecha de disposición17 Febrero 2003
Fecha de publicación17 Febrero 2003
SecciónDecretos
Número de Gaceta30091

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA

Decreto 285/2003

Apruébase la estructura organizativa del citado organismo descentralizado de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Secretaría de Obras Públicas de la Presidencia de la Nación.

Bs. As., 14/2/2002

VISTO los Decretos Nº 355 y 357, ambos del 22 de febrero de 2002 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de necesidad y urgencia citado en primer término en el VISTO se procedió a modificar la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y modificatorias.

Que por el Decreto Nº 357/02 se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, estableciéndose sus competencias, y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos descentralizados detallados en el Anexo III de dicho Decreto.

Que el mismo Decreto en su artículo 19 establece la obligación de presentar a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la propuesta de estructura de nivel operativo aplicando una importante reducción en relación a la vigente, con el objeto de contribuir con ahorros en la actual situación de emergencia.

Que el INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, organismo descentralizado de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha presentado su propuesta.

Que ha tomado intervención la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, organismo descentralizado de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de acuerdo al Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones y Planta Permanente y Dotación Global que, como Anexos I, Il, lIla y lllb, forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 2º

El INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA elaborará la estructura organizativa de las aperturas inferiores a las aprobadas por el presente en concordancia con lo establecido por el Decreto Nº 1545/94, reglamentado por la Resolución SFP Nº 422/94. Hasta tanto se formalice la ratificación o designación de los titulares de las unidades que por la presente se establecen y de las aperturas inferiores que se aprueben, conservarán su vigencia los suplementos por Función Ejecutiva y por Jefatura...

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