Decreto 909/1999

Fecha de disposición24 Agosto 1999
Fecha de publicación24 Agosto 1999
SecciónDecretos
Número de Gaceta29214

RADIODIFUSION RADIODIFUSION

Decreto 909/99

Ratifícanse las modificaciones introducidas al Plan Técnico Básico Nacional de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusión Sonora por Modulación de Frecuencia, aprobado por la Resolución de la Secretaría de Comunicaciones Nº 2344/98 y el Plan Técnico Nacional para el Servicio de Radiodifusión Sonora por Modulación de Amplitud, aprobado por su similar Nº 2614/98. Facultades al Comité Federal de Radiodifusión. Modificación del artículo 26 de la Reglamentación de la Ley Nº 22.285, aprobada por el Decreto Nº 286/81 y sus modificatorios. Régimen de Graduación de Sanciones aplicables a las infracciones a la Ley Nº 22.285, sus normas modificatorias y complementarias.

Bs. As., 23/8/99

VISTO el Expediente Nº 4587/98 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, lo dispuesto por los artículos 14, 32 y 42 de la Constitución Nacional, la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias, su reglamentación aprobada por Decreto Nº 286/81 y sus modificatorios, la Resolución Nº 2614-SC del 3 de diciembre de 1998, los Decretos Nº 310/98 y Nº 2/99 y las Resoluciones Nros. 3463-SC/99, 6181-SC/99, 8356-SC/99, 9401-SC/99 y 10.159-SC/99 y las Resoluciones Nros. 626-COMFER/98 y 772-COMFER/98 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 2/99 se ratificó el Plan Técnico Básico Nacional de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusión Sonora por Modulación de Frecuencia, aprobado por Resolución Nº 2344-SC de fecha 21 de octubre de 1998.

Que tal como lo establecieran los citados actos administrativos, el Plan permite la inserción de nuevas emisoras por cuanto es una Plantilla Básica.

Que, lo precedentemente expuesto resulta factible atento las características de dinámico y flexible que ostenta el referido Plan y a los fines de satisfacer el ingreso de nuevas estaciones, la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, -previo estudio de prefactibilidad técnica efectuado por la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES-, dispuso la inclusión de nuevas asignaciones de canales para las localidades a las que hacen referencia las Resoluciones Nros. 6181-SC/99, 8356-SC/99, 9401-SC/99 y 10.159-SC/99.

Que sin perjuicio de ello, se señala por procedente que a través de la Resolución Nº 3463-SC/99, se adecuaron los parámetros de operación de las emisoras citadas en ella.

Que el Gobierno Nacional ha expuesto reiteradamente su intención de regularizar los servicios de radiodifusión, habiendo comenzado con los de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, correspondiendo en esta etapa continuar con la normalización de los de amplitud modulada conforme las previsiones que para ese servicio contiene el Plan Técnico Nacional aprobado por Resolución Nº 2614-SC/98.

Que conforme el principio constitucional que establece que todos los habitantes del territorio de la Nación Argentina gozan del derecho a publicar sus ideas por la prensa sin censura...

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