Decreto 147. Suprímense los cargos extraescalafonarios de Representante Político Titular.

Fecha de disposición13 Enero 2016
Fecha de publicación13 Enero 2016
SecciónDecretos

Decreto 147/2016

Suprímense los cargos extraescalafonarios de Representante Político Titular.

Bs. As., 12/01/2016

VISTO la Ley N° 27.198, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, los Decretos Nros. 614 de fecha 29 de abril de 2010, 1137 de fecha 1° de agosto de 2011, 1702 de fecha 18 de agosto de 2015, 1900 de fecha 15 de septiembre de 2015, y 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 357/02, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, estableciendo asimismo sus competencias.

Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias.

Que mediante los Decretos Nros. 614/10, 1137/11, 1702/15 y 1900/15 se crearon los cargos extraescalafonarios de Representante Político Titular ante el Comité Intergubernamental Coordinador de los Países de la Cuenca del Plata, de Coordinador de Asuntos Institucionales de Género, de Coordinador General del Centro de Estudios de Política Internacional y Representante Alterno en Temas de Salud de la REPÚBLICA ARGENTINA ante la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD (OPS), MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS (UNASUR) respectivamente.

Que se impone dotar al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO de diversas instancias de representación que aseguren el eficiente desarrollo de distintas acciones y que hagan al funcionamiento de las actividades centrales de dicha Cartera de Estado.

Que en ese sentido, resulta aconsejable la creación de CUATRO (4) cargos extraescalafonarios en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y...

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