Decreto 0026-2008

Fecha de la disposición22 de Enero de 2008

DECRETO Nº 0026

SANTA FE, 8 de Enero de 2008

VISTO:

El expediente Nº 00312-0005618-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes, y la reciente promulgación de la Ley Nº 12.817, abrogatoria de la Ley de Ministerios Nº 10.101; y

CONSIDERANDO:

Que resulta procedente adaptar la estructura institucional vigente del Ministerio de Economía al esquema previsto en la Ley de Ministerios Nº 12.817, a los efectos de lograr el pleno funcionamiento de sus disposiciones;

Que en dicha Jurisdicción deberá contemplarse la adaptación institucional de diferentes áreas, convirtiendo a la misma en una organización que permita el mejor cumplimiento de los fines públicos que corresponden al mismo;

Que esta nueva configuración de la estructura organizativa propenderá a una mejor y mayor obtención de los ingresos públicos necesarios para llevar adelante las políticas públicas en curso, lo cual conllevará inexorablemente a una mejor atención de los intereses de los ciudadanos y de la comunidad;

Que esta integración de diferentes áreas de gestión generará la estructura necesaria para diseñar, implementar, evaluar y jerarquizar las políticas de Ingresos Públicos, de Administración Tributaria, y de Información Catastral y Territorial en aquellos aspectos que tengan relación con cuestiones tributarias;

Que lo atinente a la delegación de facultades, la misma encuadra en las disposiciones establecidas por el artículo 4º de la Ley Nº 12.817;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º

Créase en el ámbito del Ministerio de Economía, dependiente de la Secretaría de Finanzas Públicas, la Subsecretaría de Ingresos Públicos, asignándole las competencias indicadas en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 2º

Créanse, dependientes de la Subsecretaría de Ingresos Públicos, la Dirección Provincial de Grandes Contribuyentes, la Dirección Provincial de Técnica Tributaria y Coordinación Jurídica, la Dirección Provincial de Relaciones Institucionales y Política Fiscal, y la Dirección Provincial de Planificación y Coordinación, asignándoles las competencias indicadas en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 3º

Créanse, en el ámbito del Ministerio de Economía, Organismo Descentralizado: Administración Provincial de Impuestos, la Subadministración Provincial de Impuestos dependiente de la Administración Provincial de dicho Ente, y las Subadministraciones Regionales Santa Fe y Rosario, dependientes de las Administraciones Regionales Santa Fe y Rosario, respectivamente.

ARTÍCULO 4º

Establécese que, los coeficientes inherentes a los cargos creados por el artículo que antecede, son los que a continuación se detallan: 6.39 -Subadministrador Provincial de Impuestos- y 6.00 -Subadministadores Regionales-.

ARTÍCULO 5º

Transfiérase a la Subsecretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía la Dirección General de Ingresos Públicos y todas las áreas dependientes de ésta.

ARTÍCULO 6º

Establécese que la superintendencia general -órganica y funcional- de la Administración Provincial de Impuestos creada por Ley Nº 10.792 y la superintendencia específica de los aspectos tributarios del Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe creado por Ley Nº10.921 serán ejercidas por la Subsecretaría de Ingresos Públicos.

ARTÍCULO 7º

Facúltese a la Subsecretaría de Ingresos Públicos a modificar las dependencias funcionales, misiones, funciones, responsabilidades y acciones de las áreas bajo su dependencia.

ARTÍCULO 8º

Establécese que la Administración Provincial de Impuestos del Ministerio de Economía deberá realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 3º y 4º del presente Decreto.

ARTÍCULO 9º

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

BINNER

C.P.N. Angel Jose Sciara

Anexo I

Jurisdicción: Ministerio de Economía

Subjurisdicción: Secretaría de Finanzas Públicas

Subsecretaría de Ingresos Públicos

Responsabilidad Primaria

Alcanzar estándares de ingresos compatibles con el Producto/Ingreso Provincial y adecuación de los indicadores de gestión a los parámetros internacionales.

Definir, implementar y evaluar las Políticas de Ingresos Públicos, Administración Tributaria, Información Catastral y Territorial que mejoren el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los ciudadanos

Estudiar, analizar, diseñar e implementar procesos sociales y culturales que lleven a nuevas practicas que incrementen el cumplimiento voluntario.

Focalizar el accionar organizacional en el incremento de la percepción del riesgo tendiendo a reducir el fraude, la evasión, la elusión y la mora.

Integrar la dispersa capacidad del fisco en su intervención y disposición de la información existente, eliminando la superposición de facultades y multiplicación de obligaciones formales para los ciudadanos.

Jerarquizar y mejorar la imagen de la organización para fortalecer el contrato fiscal.

Entender en las competencias que establece la Ley 12510 para la Unidad Rectora Central del Subsistema de Ingresos Públicos del Sector Público Provincial No Financiero

Intervenir en el cumplimiento y aplicación de las instrucciones y normas emanadas de la Secretaría de Finanzas a los aspectos funcionales y operativos a su cargo y ejercer las atribuciones conducentes al mejor desenvolvimiento de la Subsecretaría de Ingresos Públicos.

Conducir los Órganos de implementación de las mismas, ejercer la superintendencia general sobre el Servicio de Catastro e Información territorial en todos los aspectos que tengan relación con cuestiones tributarias y sobre la Administración Provincial de Impuestos de acuerdo a lo estipulado en la Ley 10792, en caso de corresponder, a las tareas de las Administraciones, Direcciones y Áreas de su ámbito.

Atender los asuntos de...

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