Decisión Administrativa 557/2020

Fecha de publicación02 Junio 2022
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorBANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS


Ciudad de Buenos Aires, 01/06/2022

VISTO el Expediente N° EX-2020-53077811-APN-SA#BNDG, las Leyes Nros. 23.511 y 26.548, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 38 del 22 de enero de 2013 y su modificatorio y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 23.511 se creó el BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG) con el objetivo de obtener y almacenar información genética que facilite la determinación y esclarecimiento de conflictos relativos a la filiación.

Que a través de la Ley Nº 26.548 se estableció que el referido Organismo funcionará de manera autónoma y autárquica en la órbita del entonces MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, y se readecuó además su objeto y funciones.

Que por el Decreto Nº 38/13 se aprobó la Reglamentación de la Ley Nº 26.548, que estableció, entre otras cuestiones, los rangos y jerarquías de las Autoridades Superiores de citado Organismo.

Que por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo sus objetivos y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados, incluyendo, entre ellos, el BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG) como organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

Que resulta necesario dotar al BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG) de una estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo que le permita gestionar las responsabilidades asignadas e incorporar diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 16, inciso 31 de la Ley de...

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