Decisión Administrativa 443/2020
Fecha de publicación | 27 Marzo 2020 |
Sección | Decisiones Administrativas |
Emisor | PRESUPUESTO |
Ciudad de Buenos Aires, 26/03/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-18150306-APN-DGD#MEC, la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 4 del 2 de enero de 2020 y complementada por el Decreto Nº 193 del 27 de febrero de 2020, los Decretos Nros. 7 del 10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y las Decisiones Administrativas Nros. 12 del 10 de enero de 2019 y 1 del 10 de enero de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° 1/20 se determinaron los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, con las adecuaciones institucionales del PODER EJECUTIVO NACIONAL establecidas por los Decretos Nros. 7/19 y 50/19.
Que resulta oportuno modificar el presupuesto de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a los fines de adecuar los créditos destinados al Programa 18 - “Asuntos Estratégicos”.
Que es menester reforzar el presupuesto de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, mediante la incorporación de recursos remanentes de ejercicios anteriores provenientes de la Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares, con el fin de continuar con la construcción e instalación de estaciones en Salta y Pilcaniyeu, permitir las tareas de mantenimiento y la operación de las estaciones Monitoras de Partículas ubicadas en Buenos Aires y Bariloche, como también en la Estación de Infrasonido en Ushuaia.
Que resulta pertinente incrementar el presupuesto del Programa 23 – “Pensiones no Contributivas por Invalidez Laborativa” de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el fin de dar cobertura al Subsidio Extraordinario para pensionados no contributivos y del Programa 36 – “Atención Médica a los Beneficiarios de Pensiones no Contributivas”.
Que, asimismo, se efectúan compensaciones de créditos entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el MINISTERIO DE CULTURA, con el fin de reflejar en el presupuesto de dicho Ministerio los créditos correspondientes a los organismos desconcentrados Centro Cultural...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba