Decisión Administrativa 742/2011

Fecha de disposición05 Agosto 2011
Fecha de publicación10 Agosto 2011
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta32210

Bs. As., 5/8/2011

VISTO el Expediente Nº 31.585/2011 del registro de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, los Decretos Nº 2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 577 del 7 de agosto de 2003 modificado por los Decretos Nº 149 del 22 de febrero de 2007 y Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.

Que mediante el artículo 1º de la norma citada en sexto término en el Visto, modificado por los Decretos Nº 149/07 y Nº 1248/09, se ha establecido que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($ 5.700).

Que tal normativa es aplicable a los contratos de locación de servicios personales dispuestos por el Decreto Nº 2345/08.

Que dicho Decreto establece los requisitos mínimos para el acceso a las distintas funciones.

Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, ha elevado la propuesta de contratación del personal cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicho organismo y solicitado la respectiva autorización conforme lo dispuesto por el artículo 7º del Anexo I al Decreto Nº 2345/08, respecto al Señor Daniel Alejandro RESNIK (D.N.l. Nº 26.942.974) dentro de las funciones de Responsable de Proyecto I.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 20 - 01 - SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2º, de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios y a tenor de lo dispuesto por el Artículo 7º del Anexo I al Decreto Nº...

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