Decisión Administrativa 1146. Apruébase estructura organizativa.

Fecha de disposición19 Octubre 2016
Fecha de publicación19 Octubre 2016
SecciónDecisiones Administrativas

Decisión Administrativa 1146/2016

Apruébase estructura organizativa.

Buenos Aires, 18/10/2016

VISTO el Expediente N° 13.314/2016 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), 411 de fecha 26 de febrero de 2016 y 925 de fecha 9 de agosto de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre ellos el referido al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y los objetivos de las unidades organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que a través del Decreto N° 411/16 se aprobó la conformación organizativa de las Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que a su vez, mediante el Decreto N° 925/16, se modificaron los Decretos Nros. 357/02 y 411/16, en los términos allí establecidos

Que, en esta instancia, corresponde la aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que en atención a la existencia, en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, del CUERPO PERMANENTE DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN, corresponde asignar a dicho personal especializado la titularidad de diversas unidades organizativas sustantivas de la citada Jurisdicción.

Que, asimismo, resulta necesario incorporar, homologar, reasignar y derogar diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la citada Jurisdicción.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y la SECRETARÍA DE HACIENDA, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, han tomado intervención en los aspectos que hacen a su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 16, inciso 29 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°

Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos Ia, Ib, Ic; Id, Ie, If, Ig, Ih, Ii, Ij, Ik y Il (IF-2016-02238540-APN-MRE) y Il (IF-2016-02238572-APN-MRE) forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°

Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, según el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo (IF-2016-02238521-APN-MRE), que forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3º

Facúltase al titular del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberá adecuarse a los cargos financiados de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente al momento de su aprobación.

ARTÍCULO 4°

Facúltase al titular del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por la presente decisión administrativa, la que deberá prever un máximo de UNA (1) Auditoría Adjunta, DOS (2) Subdirecciones Generales, TREINTA Y CUATRO (34) Direcciones, TREINTA Y TRES (33) Coordinaciones, TRES (3) Supervisores de Auditoría y DOS (2) Responsables de Auditoría del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, las que a través de dicho acto serán incorporadas, ratificadas, homologadas o derogadas según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel II (Auditor y Subdirecciones Generales), III (Direcciones y Supervisores de Auditoría) y IV (Coordinaciones y Responsables de Auditoría), con excepción de CINCUENTA (50) Direcciones y TRES (3) Coordinaciones que serán ocupadas por Personal perteneciente al CUERPO PERMANENTE DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 5º

Las unidades organizativas asignadas al Personal perteneciente al CUERPO PERMANENTE DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN en la estructura que se aprueba por el Artículo 1º de la presente medida y en la estructura de nivel inferior a cuya aprobación se faculta en el Artículo 4º, no podrán ser ocupadas por personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL, homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 6°

Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente medida, conservarán su vigencia las existentes con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 7°

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas correspondientes a la Jurisdicción 35 \u2013 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

ARTÍCULO 8°

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Marcos Peña. -- Susana M. Malcorra.

ANEXO Ia

ANEXO Ib

ANEXO Ic

ANEXO Id

ANEXO Ie

ANEXO If

ANEXO Ig

ANEXO Ih

ANEXO Ii

ANEXO Ij

ANEXO Ik

ANEXO Il

IF-2016-02238540-APN-MRE

ANEXO II

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el examen y evaluación de las actividades económicas, financieras, patrimoniales, normativas, administrativo-contables y de gestión de la Jurisdicción, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 24.156, utilizando el enfoque de control integral e integrado, promoviendo la continúa optimización de los niveles de eficacia, eficiencia y economía de la gestión gubernamental.

ACCIONES:

  1. Elaborar el planeamiento general de la Auditoría Interna a desarrollarse en la Jurisdicción, de acuerdo con las normas generales de control interno y de auditoría, aplicando el modelo de control integral e integrado, y remitirlo a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN para su discusión y aprobación final.

  2. Evaluar el cumplimiento razonable de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior y opinar sobre las normas y procedimientos vigentes o a realizarse.

  3. Determinar la oportunidad y alcance de las auditorías a desarrollar en las Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

  4. Revisar y evaluar los actos y la aplicación de los controles operacionales, contables, de legalidad y financieros.

  5. Verificar si las erogaciones son efectuadas y los ingresos son percibidos de acuerdo con las normas legales y contables aplicadas, y a los niveles presupuestarios correspondientes.

  6. Determinar la precisión de las registraciones de los activos y las medidas de resguardo tomadas para protegerlo.

  7. Determinar la confiabilidad de los datos que se utilicen en la elaboración de la información.

  8. Producir informes de auditoría sobre las actividades desarrolladas y, en su caso, formular las recomendaciones u observaciones que correspondan, remitiendo copia a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y efectuando su seguimiento.

  9. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN le requiera.

    MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

    INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA

    Formar y capacitar en los aspectos profesional, técnico y práctico a los aspirantes a ingresar al Servicio Exterior de la Nación, así como también a sus miembros.

    ACCIONES:

  10. Actuar en la selección e incorporación de los aspirantes al Servicio Exterior de la Nación.

  11. Capacitar en los aspectos teórico y práctico a los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación.

  12. Dictar y supervisar los cursos de capacitación presencial o virtual y para la promoción de los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación.

  13. Dictar y supervisar cursos de capacitación, presenciales o virtuales para funcionarios nacionales, provinciales y municipales vinculados con temas de las relaciones internacionales y de la política exterior argentina.

  14. Entender en la cooperación académica y de capacitación profesional con otras academias diplomáticas o instituciones especializadas en el ámbito de las relaciones internacionales, como así también en el intercambio de docentes, funcionarios y aspirantes al Servicio Exterior de la Nación.

  15. Proponer al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, las condiciones para el ingreso al Servicio Exterior de la Nación, de acuerdo con las normas pertinentes.

  16. Tramitar y proponer becas y cursos de capacitación ofrecidos por el Gobierno Nacional, por Gobiernos extranjeros, por Organismos Internacionales y por Instituciones nacionales o extranjeras, públicas o privadas para la...

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