Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 15 de Febrero de 2022, expediente FMP 012043/2020/CA001

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA

COLAVITA, S.B. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

12043/2020

SA//del plata,

AUTOS Y VISTO:

Llegan los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación deducido por la parte demandada en oposición a la sentencia dictada por el juez de grado.-

Que del examen de autos surge que el Sr. COLAVITA SAUL

BAUTISTA, adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241,

con fecha de adquisición del derecho el 25/11/2019.-

Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada en su memorial, se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar el reajuste de la PBU, el índice de actualización aplicado para la redeterminación del haber inicial, solicitando la aplicación del índice R.I.P.T.E.

establecido en la Resolución Anses 56/2018, en la Ley 27.260, el recalculo del haber inicial, la actualización de los servicios autónomos incluidos en la moratoria previsional prevista por la ley 24.476 y 25.994, sin tener en cuenta el criterio de la CFSS, sala 3

en el precedente “S.G. c/ ANSeS s/ Reajuste de Haberes ", sentencia del 3/9/2012 y el tratamiento de aplicación del precedente “Villanustre”. Asimismo, se agravia del diferimiento del tratamiento de los topes y la tasa de interés aplicada.-

A partir de lo expuesto y siendo que todo ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en los fallos: “DIYARIAN, A.S. c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”

'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 041051750/2011/CA001

Fecha: 29/06/2018 y “DOMINGORENA, JULIO OSMAR c/ ANSES s/REAJUSTE DE

HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP

041046251/2007/CA001 Fecha: 12/02/2020, que remiten a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Q.C.A.

C/ANSeS S/REAJUSTES VARIOS” (Q. 68 XLVI), de fecha 11 de noviembre de 2014,

Fecha de firma: 15/02/2022

Firmado por: S.C., SECRETARIA DE CÁMARA

Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CÁMARA

V., L.M. s/ Jubilación", Fecha 28/03/85

y “M., Simón c/ ANSeS

s/Inconstitucionalidad ley 24.463, Fecha 20/05/2003. (M. 427. XXXVI R.O.).

, por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio.-

Con relación al planteo de la recurrente respecto a la aplicación del ín-

dice R.I.P.T.E de conformidad con las...

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