Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 23 de Junio de 2020, expediente CAF 028544/2019/CA001
Fecha de Resolución | 23 de Junio de 2020 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
SALA II
28544/2019 “CHEN, GUI c/ EN - M INTERIOR OP Y V - DNM s/
AMPARO POR MORA”
Buenos Aires, 23 de junio de 2020.-
AUTOS, VISTOS
Y CONSIDERANDO:
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Que la doctora F.M.V., por propio derecho,
mediante presentación digital de fecha 19 de junio de 2020, solicita –con sustento en la Acordada CSJN nº 14/2020 y en las Resoluciones de esta Cámara nº 14/2020 y nº17/2020–, la habilitación de la feria extraordinaria a los efectos de continuar con el trámite de las actuaciones para la percepción de los honorarios que le fueron regulados en primera instancia y confirmados en esta alzada.
-
Que debe tenerse presente que, a raíz de la pandemia de coronavirus (COVID-19), la Corte Suprema de Justicia de la Nación adoptó
distintas medidas en el ámbito del Poder Judicial de la Nación, concordantes con las disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional y las recomendaciones de la autoridad sanitaria de la Nación -conf. acordadas 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14,
16 y 17 todas del corriente año-.
En el punto resolutivo segundo de la Acordada 6/2020 el Alto Tribunal dispuso una feria extraordinaria por razones de salud pública,
respecto de todos los tribunales federales y nacionales y demás dependencias integrantes del Poder Judicial de la Nación, que fue extendida por Acordadas 8, 10, 13, 14 y 16 del corriente año. Por Acordada nº 18/2020 el Alto Tribunal prorrogó la feria extraordinaria hasta el 28 de junio próximo, inclusive,
respecto de todos los tribunales nacionales y federales no comprendidos en la Acordada 17/2020.
En las referidas acordadas, el Alto Tribunal encomendó a las respectivas autoridades de cada fuero y jurisdicción la designación de las autoridades de feria para atender los asuntos que no admitan demora, de acuerdo con los lineamientos que indicó.
En concreto, y con relación a la atención de causas, en la Acordada nº 14/2020 la Corte encomendó a los tribunales que tuvieran a su cargo la Fecha de firma: 23/06/2020
Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA
superintendencia de cada fuero la designación de las respectivas autoridades de feria, para que atendieran “la mayor cantidad de asuntos posibles” (cfr. art.
4°, acordada cit.).
A tales fines, y en cuanto interesa, indicó que deberían tenerse especialmente en cuenta las disposiciones legales referidas al “aislamiento social...
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