Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA CIVIL, 10 de Marzo de 2020, expediente FCT 011000340/2012/CA001
Fecha de Resolución | 10 de Marzo de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
En la ciudad de Corrientes a los diez días del mes de marzo de dos mil veinte, estando
reunidos los Sres. Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes Dres. Selva
A.S., Dra. M.G.S. de Andreau y Dr. R.L.G.,
asistidos por el Secretario de Cámara Dr. H.R.G. tomaron en consideración
el expediente caratulado “C., S.R. y otros c/ Estado Nacional Argentino
(Prefectura Naval Argentina) s/ contencioso administrativovarios”, Expte. Nº
11000340/2012/CA1, proveniente del Juzgado Federal Nº1 de Corrientes.
Efectuado el sorteo a los efectos del orden de votación resultó el siguiente: Primero la
Dra. M.G.S. de Andreau, segundo Dr. R.L.G. y tercero Dra.
Selva A.S.
SE PLANTEAN LAS SIGUIENTES CUESTIONES:
¿SE AJUSTA A DERECHO LA SENTENCIA APELADA?
¿QUE PRONUNCIAMIENTO CORRESPONDE DICTAR EN AUTOS?
A LAS CUESTIONES PLANTEADAS LA DRA. M.G.S. DE
ANDREAU, dice que:
CONSIDERANDO:
1 Que contra la resolución obrante a fs.106/108 vta. en la que se decidió hacer lugar a
la demanda promovida declarando el derecho de los actores a percibir los retroactivos que
le corresponden por la incorrecta liquidación de sus haberes por los períodos no prescriptos
por el reconocimiento de la naturaleza remunerativa y bonificable de los adicionales
otorgados por los Decretos Nº 1104/05,1246/05,1126/06,861/07,884/08 y 752/09,
Fecha de firma: 10/03/2020
Alta en sistema: 11/03/2020
Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: H.R.G., SECRETARIO DE CÁMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
rechazando la demanda en lo relativo a la incorporación al haber mensual de los
suplementos y compensaciones establecidos por el Decreto 2769/93, fijando una tasa de
interés activa, distribuyendo las costas del proceso, el representante del Estado Nacional
interpone recurso de apelación a fs.111, concediéndose el mismo libremente y con efecto
suspensivo a fs.112, expresando agravios a fs. 116/118 de los presentes obrados.
2 El recurrente se agravia explicando que mediante el decreto 2769/93 se establecieron
suplementos para el personal en actividad que cumplían ciertas funciones o que se
encontraban en determinados destinos y que por lo tanto no tenían carácter general sino
más bien particulares.
Primeramente los enumera y continúa explicando que la incorporación del decreto
2769/93 no es factible...
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