Boletín Oficial Nº 3095 - 4 de Abril de 2014

Fecha de publicación04 Abril 2014
Año2014
Número de Gaceta3095
SecciónContenido Completo
Propiedad Intelectual Nº 187332
BOLETÍN OFICIAL
Provincia de La Pampa
REPÚBLICA ARGENTINA
Gobernador:………………………………………………..…….………………..….…....…………….C.P.N. Oscar Mario JORGE
Vice-Gobernador:…………………………………….……..……….………………....................Prof. Norma Haydee DURANGO
Ministro de Coordinación de Gabinete……………….………………………………………. C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad: ………………….…….…...…………………....Abog. Leonardo Jesús VILLALVA
Ministro de Bienestar Social: ……………………………………..........................................................Sr. Raúl Eduardo ORTÍZ
Ministro de Salud:........................................................................................................................Dr. Mario Omar GONZÁLEZ
Ministro de Cultura y Educación: …………………………………….…….....................Lic. Jacqueline Mohair EVANGELISTA
Ministro de la Producción:…………………………………………..………..……..........................Dr. Abelardo Mario FERRÁN
Ministro de Hacienda y Finanzas:...........................................................................................................C.P.N. Sergio VIOLO
Ministro de Obras y Servicios Públicos:................................................…......................................Ing. Jorge Víctor VARELA
Secretario General de la Gobernación:...................................................................................C.P.N. José María GONZÁLEZ
Secretario de Desarrollo Territorial:………………………………………………..……………………..
Secretario de Derechos Humanos:………..………….………...……….….………....………………....Sr. Héctor Rubén FUNES
Secretario de Asuntos Municipales:...........................................................................................................Lic. Fabián BRUNA
Secretario Recursos Hídricos:...........................................................….........................................Ing. Néstor Pedro LASTIRI
Secretario de Turismo…………………………….………..…………………………………………..…Sr. Santiago Daniel AMSE
Asesor Letrado de Gobierno:..........................................................……....................................Dra. Daniela Mónica VASSIA
Fiscal de Estado: .......................................................................…................................................Dr. José Alejandro VANINI
AÑO LXI - 3095 Dirección: Sarmiento 335 SANTA ROSA, 4 DE ABRIL DE 2014
Telefax: 02954- 436323 www.lapampa.gov.ar boletinoficial@lapampa.gov.ar
SUMARIO
Decretos Sintetizados: (N° 77, 83, 87 a 95, 97 y 98)…………………………………………………………………..
806
Ministerio de Coordinación de Gabinete: (Res. Nº 232 a 261)……………………………………………………..
808
Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad: (Res. Nº 072, 074, 076, 077 y 079).……………………………
811
Ministerio de Bienestar Social: (Res. N° 204, 210, 211, 213 a 215, 218 y 219)…………………..…………………
811
Ministerio de Salud Subsecretaría de Salud: (Disp. 54, 64 a 68)……………………………………………..
811
Ministerio de Cultura y Educación: (Res. N° 0292 a 0294)………………………………………………………….
812
Subsecretaría de Educación: (Disp. N° 23)…………………………………………………………………………….
819
Ministerio de la Producción: (Res. N° 153, 155 a 157, 159 a 162, 164 a 166, 168 a 180)………………………..
820
Subsecretaría de Asuntos Agrarios - Dirección de Recursos Naturales: (Disp. Nº 013, 014, 019 a 022, 027 a
031, 035 a 038)…………………………………………………………………………………………………………….
821
Ministerio de Obras y Servicios Públicos: (Res. Nº 99 y 100)………………………………………………………….
823
Secretaría General: (Res. N° 88 y 90)……………………………………………………………………………………
824
Secretaría de Asuntos Municipales: (Res. N° 090 a 102)………………………………..……………………………
824
Tribunal de Cuentas: (Sent. N° 718 a 726 y 1085)………………………………………………………………………
825
Instituto de Seguridad Social: (Res. N° 26 a 32)……………….………………………………………………………
848
Licitaciones:……………………………………………………………………………………………………………..….
849
Edictos de Minería:…………………………………………………………………………………………………………
851
Edictos:………………………………………………………………………………………………………………………
851
Avisos Judiciales:……………………………………………………………………………………………………………
853
Jurisprudencia:………………………………………………………………………………………………………………
858
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles:……………………………………………………………………..
858
Concursos:…………………………………………………………………………………………………………………
871
Pág. N° 806 Santa Rosa, 4 de abril de 2014 BOLETÍN OFICIAL N° 3095
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto Nº 77 -7-III-14- Art. 1º.- Declárase en
estado de Emergencia Agropecuaria por sequía a las
explotaciones agrícolas y agrícola-ganaderas de lotes en
parte de los departamentos Rancul, Realicó, Trenel,
Conhelo, Toay, Atreucó, Utracán y Hucal, y en la totalidad
de los de Capital y Guatraché, de acuerdo con la
nominación catastral que se detalla a continuación:
Departamento Rancúl: Sección VII, fracción B, Lotes 4
al 7, 14 al 17, 24 y 25;
Sección VII, fracción C, Lotes 4 al 7 y 11 al 20
Sección VII, fracción D, Lotes 15 y 16;
Departamento Realico: Sección I, fracción A, lotes 1 al
4, 7 al 14 y 17 al 24;
Departamento Trenel: Sección I, fracción D, lotes 1 al 3,
8 al 13 y 16 al 20;
Departamento Conhello: Sección I, fracción D, l otes 21
al 24;
Sección II, fracción A, lotes 1 al 4, 7 al 14 y 17 al 20;
Sección VII, fracción C, lotes 23 al 25;
Sección VIII, fracción B, lotes 4 al 7 y 14 al 17;
Departamento Capital: Sección II, fracción A, lotes 21 al
25;
Sección II, fracción D, lotes 1 al 19, 24 y 25;
Departamento Toay: Sección II, fracción D, lotes 19 al
23;
Sección III, fracción A, lotes 1 al 3 y 8 al 10;
Sección VIII, fracción B, lote 25;
Sección VIII, fracción C, lotes 5, 6, 15 al 17, 24 y 25;
Sección IX, fracción B, lotes 5 y 6;
Departamento Atreucó: Sección III, fracción A, lote 24;
Sección III, fracción B, lotes 16 y 25;
Departamento Guatraché: Sección III, fracción C, lotes 1
al 25;
Sección III, fracción D, lotes 4 al 7, 14 al 17, 24 y 25;
Departamento Utracán: Sección III, fracción A, lotes 11
al 13 y 18 al 23;
Sección III, fracción D, lotes 1 al 3, 8 al 13 y 18 al 23;
Departamento Hucal: Sección IV, fracción A, lotes 4 al 7;
Sección IV, fracción B, lotes 1 al 19 y 23 al 25;
Sección IV, fracción C, lotes 4 y 5.
Art. 2º.- La medida dispuesta en el artículo
precedente tiene vigencia desde el 3 de febrero hasta el 30
de septiembre de 2014.-
Art. 3º.- La Subsecretaría de Asuntos Agrarios
extenderá los certificados correspondientes, previa
presentación de la declaración jurada -s egún el artículo 11
de la Ley N° 1785-, y su verificación por técnicos del
Ministerio de la Producción, de aquellos productores cuyas
explotaciones se encuentren ubicadas en el área descripta
en el artículo 1°. Este trámite deberá ser cumplido dentro
de los próximos 120 días corridos, a partir de la fecha del
presente Decreto.-
Art. 4º.- Para hacerse acreedores a los beneficios
de la Ley N° 1785 y ser considerados en estado de
Emergencia Agropecuaria Provincial, los productores
comprendidos en el área definida por el artículo
deberán tener su producción o capacidad de producción
afectada en por lo menos el 50%.-
Decreto Nº 83 -12-III-14- Art. 1º.- Acéptase, a
partir del 01 de marzo del presente año, la renuncia
presentada por la Asistente Social María Silvia ALVAREZ
REDONDO - DNI Nº 24.517.421 - al cargo de Subdirectora
General de Coordinación de Hogares de Niñas, Niños y
Adolescentes, dependiente de la Dirección General de
Niñez y Adolescencia de la Subsecretaría de Desarrollo
Humano y Familia del Ministerio de Bienestar Social.-
Decreto Nº 87 -17-III-14- Art. 1º.- Apruébase lo
actuado por el Ente Provincial del Río Colorado y en
consecuencia, el "PLAN DE OBRAS POR
ADMINISTRACIÓN EJERCICIO 2014", que como Anexo
forma parte integrante de la presente Resolución.-
ANEXO
PLAN DE OBRAS POR ADMINISTRACIÓN EJERCICIO
2014
DEFENSA DE MARGENES.
PRESUPUESTO: $598.535,00
MANTENIMIENTO ANUAL DE LA RED DE RIEGO,
DRENAJE Y VIAL DEL SISTEMA AGRÍCOLA EL SAUZAL.
PRESUPUESTO: $438.027,00
MANTENIMIENTO ANUAL DE LA RED DE RIEGO,
DRENAJE Y VIAL DEL SISTEMA DE
APROVECHAMIENTO MÚLTIPLE DE 25 DE MAYO Y
PUENTE DIQUE. .
PRESUPUESTO: $656.465,00
MANTENIMIENTO OBRAS CIVILES
PRESUPUESTO: $300.000,00
PARCELA DEMOSTRATIVA DE SECCIÓN II
PRESUPUESTO: $100.000,00
PARCELA DEMOSTRATIVA EN CASA DE PIEDRA
PRESUPUESTO: $300.000,00
PROGRAMA DE ORDENAMIENTO Y RECUPERACIÓN
PRODUCTIVA-LEY 2566.
PRESUPUESTO: $120.000,00
REPARACIÓN VIVIENDA OFICIAL - CALLE ARATA 103.
PRESUPUESTO: $ 180.000,00 .
DESARROLLO PRODUCTIVO SECCIÓN II.
PRESUPUESTO: $ 988.114,00
TOTAL: $3.681.141,00
Decreto Nº 88 -17-III-14- Art. 1º.- Otórgase un
Subsidio a favor de la Corporación Industrial, Comercial,
Agropecuaria Regional C.I.C.A.R., con sede en la ciudad
de General Pico, por la suma de $ 150.000,00, que será
destinado a gastos de funcionamiento de la mencionada
BOLETÍN OFICIAL N° 3095 Santa Rosa, 4 de abril de 2014 Pág. N° 807
Institución.-
Decreto Nº 89 -17-III-14- Art. 1º.- Apruébase lo
actuado por la Instrucción en el Sumario Administrativo
ordenado por Resolución N° 470/03 del Instituto Provincial
Autárquico de Vivienda, en el Expediente N° 12079/2003,
caratulado "SECRETARIA D E OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS - INSTITUTO PROVINCIAL AUTÁRQUICO DE
VIVIENDA - S/PRESUNTAS IRREGULARIDADES
DETECTADAS EN EL DEPARTAMENTO TESORERÍA
DEL INSTITUTO PROVINCIAL AUTÁRQUICO DE
VIVIENDA".-
Art. 2º.- Declarar Exonerado a partir de la
notificación del presente Decreto, al agente Fernando
Javier GUTIERREZ, D.N.I. 17.161.531, Afiliado
41134, Legajo 12192, perteneciente al Ministerio de Obras
y Servicios Públicos conforme lo previsto en el a rtículo 273
inciso e) de la Ley N° 643, de conformidad con lo normado
por el artículo 278 inciso b) de la citada norma legal.-
Decreto Nº 90 -17-III-14- Art. 1º.- Redeterminar el
monto correspondiente a la Cuota N° 1° del Cuarto Año de
la Carrera denominada "Tecnicatura en Hidrocarburos",
prevista en el Convenio Particular susc ripto entre el
Gobierno de la Provincia de La Pampa, la Universidad
Nacional de La Pampa y la Municipalidad de 25 de Mayo
aprobado por Ley N° 2510, la que asciende a la suma de
$129.102,15, considerando la misma como ejecución
definitiva y por todo concepto, para el cierre de convenio.-
Art. 2º. - Ordenar el pago complementario en
concepto de ajuste y no sujeto a modificación,
correspondiente a la Cuo ta N° 1° del Cuarto Año de l a
Carrera denominada "Tecnicatura en Hidrocarburos",
prevista en el Convenio Particular susc ripto entre el
Gobierno de la Provincia de La Pampa, La Universidad
Nacional de La Pampa y la Municipalidad de 25 de Mayo
aprobado por Ley 2510, conforme la diferencia
determinada en el artículo 1° del presente y que asciende
a l a suma de $17.360,44, cuyo anticipo ha sido abonado
por Decreto N° 762/13 (foja 1457).-
Art. 3°.- Redeterminar el monto correspondiente a
la Cuota N° 2° del Cuarto Año de la Carrera denominada
"Tecnicatura en Hidrocarburos", prevista en el Convenio
Particular suscripto entre el Gobierno de la Provincia d e La
Pampa, La Universidad Nacional de La Pampa y la
Municipalidad de 25 de Mayo aprobado por Ley N° 2510,
la que asciende a la suma de $112.561,48, valor que,
rectifica el valor original determinado en el Convenio
precitado y aún no ha sido abonado. El valor que se
determina para la Cuota N° del Cuarto Año, de la
Carrera denominada "Tecnicatura en Hidrocarburos", es
definitivo y por todo concepto para el cierre de Convenio.-
Art. 4º.- Ordenar el pago de la Cuota N° 2° del
Cuarto Año, de la Carrera denominada "Tecnicatura en
Hidrocarburos", prevista en el Convenio Particular
suscripto entre el Gobierno de la Provincia de La Pampa,
la Universidad Nacional de La Pampa y la Municipalidad
de 25 de Mayo aprobado por Ley N° 2510, la que asciende
a l a suma de $112.561,48, el que será abonado una vez
aprobada la rendición de la Cuota redeterminada N° 1, en
un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1°.-
Art. 5º.- Tener por concluido el Convenio
Particular suscripto entre el Gobierno de la Provincia de La
Pampa, la Universidad Nacional de La Pampa y la
Municipalidad de 25 de Mayo aprobado por Ley N° 2510,
en virtud de lo dispuesto en el Anexo III, Cronograma de
Pagos del referido Convenio y lo expuesto en los
considerandos precedentes.-
Decreto Nº 91 -17-III-14- Art. 1º.- No hacer lugar
al Recurso Jerárquico interpuesto por el señor Fortunato
ANDREATTA, DNI Nº 93.565.146 a fojas 318/318 vuelta
del expediente Nº 14247/10 caratulado “ SECRETARIA
GENERAL DE LA GOBERNACIÓN SUBSECRETARIA DE
ECOLOGÍA S/PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
REFERENTE AL IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO
“GRANJA MODELO DE PRODUCCIÓN PORCICOLA
CON PLANTA DE BIOGAS” EN ATALIVA ROCA – LA
PAMPA, 1º ETAPA”, en razón de lo expresado en los
precedentes considerandos.-
Decreto Nº 92 -17-III-14- Art. 1º.- Otórgase un
aporte no reintegrable por la suma de $ 450.000,00, a
favor de la Municipalidad de Toay -204-8-, destinado a
cubrir gastos de funcionamiento.
Decreto Nº 93 -17-III-14- Art. 1º.- Rectifícase el
artículo del Decreto 1185/13 el que quedará
redactado de la siguiente manera "Artículo 2°.- El crédito
para la atención del gasto emergente de la disposición que
antecede se tomará con imputación a la Jurisdicción "P" -
Unidad de Organización 02 -Cuenta 0 -Final idad 1 Función
90 - S 1 - PR.10 -pa. 02 -sp 00, -Control 7 del presupuesto
vigente.-
Decreto Nº 94 -17-III-14- Art. 1º.- Autorízase la
creación de una Caja Chica en la Tesorería General de la
Provincia por la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00),
para atender e rogaciones de bienes y servicios originadas
en comisiones de transferencias, giros y otros gastos
bancarios, como así también en bienes y servicios que hay
que abonar en el momento de la realización del gasto.
Art. 2º.- Los responsables del manejo de la Caja
Chica creada por el artículo primero serán el Tesorero
General y Subtesorero General.-
Art. 3º.- A los efectos de lo determinado
precedentemente la Habilitación del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, entregará la suma indicada en el
artículo primero.-
Art. 4º.- La Caja Chica referida estará sujeta a
rendición de cuentas en forma mensual y/o al haberse
invertido el 70% del monto total. Al 31 de Diciembre se
procederá a rendir cuenta de los gastos efectuados con
cargo al ejercicio y depositar el saldo no invertido.-
Decreto Nº 95 -17-III-14- Art. 1º.- Apruébase el
contrato de locación de servicios equiparado a la
Categoría 7 (Rama Administrativa) Ley 643- a
suscribirse con la señorita María Guadalupe RENZINI -
D.N.I. N° 31.467.161 -Clase 1985-, que como anexo forma
parte del presente Decreto, de conformidad a lo previsto
en los artículos y de la Ley N° 643.-
La contratación aprobada precedentemente, tendrá
vigencia entre la fecha del presente Decreto y hasta el 31

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