Boletín Oficial Nº 3087 - 7 de Febrero de 2014

Fecha de publicación07 Febrero 2014
Año2014
Número de Gaceta3087
SecciónContenido Completo
Propiedad Intelectual Nº 187332
BOLETÍN OFICIAL
Provincia de La Pampa
REPÚBLICA ARGENTINA
Gobernador:………………………………………………..…….………………..….…....…………….C.P.N. Oscar Mario JORGE
Vice-Gobernador:…………………………………….……..……….………………....................Prof. Norma Haydee DURANGO
Ministro de Coordinación de Gabinete……………….………………………………………. C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad: ………………….…….…...…………………....Abog. Leonardo Jesús VILLALVA
Ministro de Bienestar Social: ……………………………………..........................................................Sr. Raúl Eduardo ORTÍZ
Ministro de Salud:........................................................................................................................Dr. Mario Omar GONZÁLEZ
Ministro de Cultura y Educación: …………………………………….…….....................Lic. Jacqueline Mohair EVANGELISTA
Ministro de la Producción:…………………………………………..………..……..........................Dr. Abelardo Mario FERRÁN
Ministro de Hacienda y Finanzas:...........................................................................................................C.P.N. Sergio VIOLO
Ministro de Obras y Servicios Públicos:................................................…......................................Ing. Jorge Víctor VARELA
Secretario General de la Gobernación:...................................................................................C.P.N. José María GONZÁLEZ
Secretario de Desarrollo Territorial:………………………………………………..……………………..
Secretario de Derechos Humanos:………..………….………...……….….………....………………....Sr. Héctor Rubén FUNES
Secretario de Asuntos Municipales:...........................................................................................................Lic. Fabián BRUNA
Secretario Recursos Hídricos:...........................................................….........................................Ing. Néstor Pedro LASTIRI
Secretario de Turismo…………………………….………..…………………………………………..…Sr. Santiago Daniel AMSE
Asesor Letrado de Gobierno:..........................................................……....................................Dra. Daniela Mónica VASSIA
Fiscal de Estado: .......................................................................…................................................Dr. José Alejandro VANINI
AÑO LXI - Nº 3087 Dirección: Sarmiento 335 SANTA ROSA, 7 DE FEBRERO DE 2014
Telefax: 02954- 436323 www.lapampa.gov.ar boletinoficial@lapampa.gov.ar
SUMARIO
Página
Decretos Sintetizados: (N° 1279, 1315, 1316, 1318 y 1322/13, 16 a 25, 27 y 28)…………………………………..
270
Ministerio de Coordinación de Gabinete: (Res. Nº 2518 a 2571/13, 03 a 06, 09 a 42)……………………….……
272
Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad- Subsecretaría de Trabajo: (Disp. Nº 004)…………………………
282
Ministerio de Bienestar Social: (Res. 047, 054, 055, 059, 064, 066, 069 a 073)…………………………………….
282
Ministerio de Salud Subsecretaría de Salud: (Disp. Nº 455, 459, 496 a 500, 505, 522 a 542, 544, 546 a 548,
560 a 584, 591 a 599, 602 a 605/13, 21 a 23, 25 a 27)…………………………………………………………………
284
Ministerio de Cultura y Educación: (Res. N° 0070 y 0073)..……………………………………………………………
292
Ministerio de la Producción: (Res. N° 034 a 036)……………………………………….………………………………
293
Subsecretaría Industria, Comercio y PyMEs: (Disp. Nº 131 a 140/13)………………………………………………
293
Subsecretaría de Asuntos Agrarios - Dirección de Recursos Naturales: (Disp. Nº 3 71, 372, 375/13, 001 a 003,
006 a 012)………………………………………….……………………………………………………………………….
294
Comité de Vigilancia Zona Franca La Pampa: (Res. Gral. Nº 35 y 36/13, 05 a 07).………………………………
296
Ministerio de Hacienda y Finanzas: (Res. N° 12 y 13)……………………………………………….…………………
296
Ministerio de Obras y Servicios Públicos: (Res. Nº 030)………………..…………………………………………….
297
Secretaría General: (Res. N° 43 y 44)……………………………………………………………………………………
297
Secretaría de Asuntos Municipales: (Res. N° 016 a 021, 023, 024, 026, 028 a 030)..…………………………….
297
Tribunal de Cuentas: (Sent. N° 246 a 258)……………………………………………………………………………….
298
Instituto de Seguridad Social: (Res. Gral. Nº 648/13, 660 y 661)…………………………………………………….
310
Licitaciones:……………………………………………………………………………………………………………..….
312
Edictos de Minería:.…………………………………………………………………………………………………………
314
Edictos:………………………………………………………………………………………………………………………
316
Avisos Judiciales:……………………………………………………………………………………………………………
317
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles:……………………………………………………………………..
318
Concursos:…………………………………………………………………………………………………………………
327
Pág. N° 270 Santa Rosa, 7 de febrero de 2014 BOLETÍN OFICIAL N° 3087
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto Nº 1279 -30-XII-13- Art. 1º.- Rescíndase
el contrato de Obra Pública formalizado con la Empresa
MIRO JOSÉ MARÍA Y PIETRODANGELO RUBÉN JOSÉ
S.H. representada por sus Socios Señores José María
MIRO y Rubén José PIETRODANGELO, cuyo objeto fuera
la ejecución de la obra: "REPARACIÓN CUBIERTA DE
TECHO EN SECTOR INTERNACIÓN CLÍNICA
QUIRÚRGICA E.A. DR. LUCIO MOLAS - SANTA ROSA -
LA PAMPA", tramitada mediante Expediente N° 5032/11,
por haber incurrido la Contratista en las causales de
rescisión previstas en el Artículo 107 incisos a), b) y e) de
la Ley Gene ral de Obras Públi cas 3 8 y sus
modificatorias con las consecuencias establecidas en el
Artículo 108 de la Ley General de Obras Públicas N° 38 y
sus modificatorias.-
Art. 2º.- Apruébase la ocupación efectuada de la
obra en el estado en que se e ncuentra por parte de la
Dirección de Inspecciones dependiente del Ministerio de
Obras y Servicios Públicos, en un todo de acuerdo a la
ESCRITURA NÚMERO CIENTO VEINTIUNO (ACTA DE
CONSTATACIÓN) de fecha 26 de SEPTIEMBRE DE 2013
(Fojas 760 a 777).-
Art. 3º.- Facúltase a la Dirección General de
Obras Públicas a tomar, si lo cree conveniente y previa
valuación convencional, sin aumento de ninguna especie
los equipos y materiales necesarios para la continuación
de la obra de conformidad a lo normado en el artículo 108
inciso b) de Ley General de Obras Públicas Nº 38 y sus
modificatorias.-
Art. 4°.- Suspéndase el pago de los créditos que
pudieren existir a favor de la Em presa MIRO JOSÉ MARÍA
Y PIETRODANGELO RUBÉN JOSÉ S.H. representada
por sus Socios Se ñores José María MIRO y Rubén José
PIETRODANGELO, así como también la devolución
Fondos de Reparo y Garantías constituidas a resultas de
la liquidación final de obra sin derecho a intereses-, la
que deberá contener los créditos (eventuales trabajos y
materiales pendientes de certificación, redeterminaciones
de precios, etc) y débitos (multas, penalidades, anticipo
financiero no reintegrado, eventuales, mediciones
negativas, etc) que correspondan.-
Art. 5°.- Ratifícanse los pagos provisorios
efectuados a la Empresa MIRO JOSÉMARÍA Y
PIETRODANGELO RUBÉN JOSÉ S.H. representada por
sus Socios Señores José María MIRO y Rubén José
PIETRODANGELO, por la suma de $ 96.372,92,
correspondiente al Contrato aprobado mediante Reso-
lución N° 1015/12 del Ministerio de Coordinación de
Gabinete, suscripto oportunamente para la obra
"REPARACIÓN CUBIERTA DE TECHO EN SECTOR
INTERNACIÓN CLÍNICA QUIRÚRGICA E.A. DR. LUCIO
MOLAS - SANTA ROSA - LA PAMPA", correspondiente al
período obra ejecutada entre los meses de Agosto de
2012 y Agosto de 2013, realizados en concepto de pago a
cuenta del cálculo definitivo de la Rede terminación de
Precios, previstos en el Decreto N° 2146/2006, perdiendo
la Empresa todo derecho a reclamar suma alguna en
concepto de diferencia entre la redeterminación de precios
definitiva y los pagos provisorios recibidos, encuadrando
legalmente el procedimie nto en las Leyes N° 2008 y N°
2230 y en el Decreto N° 1024/02.-
Art. 6°.- Apruébase la medición final y la liquidación
final de Multas y Certificaciones d e la obra, elaborad a por
la Dirección General de Obras Públicas obrante de fojas
734 a 736 y 833 respectivamente, surgiendo un saldo a
favor del Estado Provincial de $ 18.121,18 importe que la
Empresa deberá depositar a favor del Estado Provincial,
caso contrario se descontará oportunamente de las
garantías ofrecidas por la Em presa, renunciando Ia
Empresa expresamente a efectuar reclamos judicial o
extrajudicial alguno.-
Art. 7°.- Autorizase a Fiscalía de Estado a los
fines de intervenir, si correspondiere, en la ejecución
judicial de las garantías rendidas por la Contratista.-
Art. 8°.- Autorizase al Señor Director General de
Obras Públicas, a emitir los actos administrativos
necesarios para proceder a la dete rminación y aplicación
de las multas contractuales correspondientes, con pérdida
de las garantías en el caso que la Contratista no proceda a
su cancelación.-
Art. 9°.- Comuníquese de todo lo actuado a la
Dirección del Registro Permanente de Licitadores de
Obras Públicas de la Provincia, a efectos de la aplicación
de las sanciones que pudieren corresponder.-
Art. 10.- Autorizase a la Dirección General de
Obras Públicas a iniciar las actuaciones necesarias p ara la
inmediata continuidad de las obras, encuadrando el
procedimiento de selección del Contratista en la excepción
prevista en el Artículo 9° inciso c) de la Ley General de
Obras Públicas N° 38 y sus modificatorias, mediante
Compulsa de Precios.-
Art. 11.- El Poder Ejecutivo dará cuenta a la
Cámara de Diputados del presente Decreto,
cumplimentando con lo establecido en el Artículo 3° de la
Ley N° 1980.-
Decreto Nº 1315 -30-XII-13- Art. 1º.- Apruébase
el Modelo de Convenio de Redeterminación de Precios
que como Anexo forma parte del presente Decreto y
autorízase al Ministerio de Salud a la suscripción del
mismo con el s eñor MIGUEL ANGEL IRIARTE, D.N.I. N°
18.348.851, en el marco de la Ley N° 22 71 y el Decreto N°
91/07, correspondiente al Contrato de Prestación de
Servicios de Limpieza y Mantenimiento del Área General
(ítem1) y del Área Crítica (ítem 2) del Establecimiento
Asistencial "Dr. Lucio Molas" de l a ciudad de Santa Rosa,
dependiente de la Subsecretaría de Salud del Ministerio de
Salud de la Provincia, aprobado mediante Decreto N°
2195/11 conforme la negociac ión colectiva homologada
por Resolución N° 645/13 de la Secretaría de Trabajo de la
Nación.- Art. 2°.- Los fondos necesarios a los fines
ordenados precedentemente, se tomarán con cargo a la
Jurisdicción "X"- Unidad de Organización 20 -Cuenta 0-
Función 310- Sección 01 - P.P. 011 - p.p. 02- S.P. 01- CL
00- SCL. 000 partida 566 por la suma de $ 4.058.869,41
BOLETÍN OFICIAL N° 3087 Santa Rosa, 7 de febrero de 2014 Pág. N° 271
del presupuesto vigente, a cuyo efecto y en virtud de lo
prescripto por el artículo 10 -tercer párrafo- de la Ley N° 3
de Contabilidad y por el artícu lo 5° de la Ley N° 2271
deberá tomar conocimiento la Cámara de Diputados.-
Decreto Nº 1316 -30-XII-13- Art. 1º.- Apruébase
el Modelo de Convenio de Redeterminación de Precios
que como Anexo forma parte del presente Decreto y
autorízase al Ministerio de Salud a la suscripción con el
señor MIGUEL ANGEL IRIARTE, D.N.I. N° 18.348.851, en
el marco de la Ley N° 2271 y el Decreto N° 91/07,
correspondiente al Contrato de Prestación de Servicios de
Limpieza del Área III (ítem 2) del Establecimiento
Asistencial "Gobernador Centeno" y Centro Sanitarios de
la ciudad de General Pico, dependiente de la
Subsecretaría de Salud del Ministeri o de Salud de la
Provincia, aprobado mediante Decreto N° 1971/11.-
Art. 2°.- Los fondos necesarios a los fines
ordenados precedentemente, se tomarán con cargo a la
Jurisdicción "X"- Unidad de Organización 20 -Cuenta 0-
Función 310- Sección 01 - P.P. 011 - p.p. 02- S.P. 01- CL
00- SCL. 000 partida 566 por la suma de $ 1.923.644,71
del presupuesto vigente, a cuyo efecto y en virtud de lo
prescripto por el artículo 10 -tercer párrafo- de la Ley N° 3
de Contabilidad y por el artículo 5° de la Ley N° 2271
deberá tomar conocimiento la Cámara de Diputados.-
Decreto Nº 1318 -30-XII-13- Art. 1º.- Apruébase
el Convenio de Redeterminación de Precios que como
Anexo forma parte del presente, y autorizase al Ministro de
Salud la suscripción con el señor Edgardo Martin
MONTERO, D.N.I. N° 13.985.756 en el marco de la Ley N°
2271 y el Decreto N° 91/07, correspondiente al contrato de
prestación del servicio de lavado, secado y planchado de
ropa, con mantenimiento y reposición de la misma,
perteneciente a los Establecimientos Asistenciales "Dr.
Lucio Molas", "Evita" y "Centro Sanitario" de la ciudad de
Santa Rosa, dependientes del Ministerio de Salud,
adjudicado mediante Decreto N° 652/12 en la Licitación
Pública N° 03/12.- (S/Expte. Nº 418/12).-
Decreto Nº 1322 -30-XII-13- Art. 1º.- Apruébase
el Convenio de Redeterminación Final de Precios obrante
a fojas 498, celebrado ad referéndum del Poder Ejecutivo
Provincial entre el Instituto Provincial Autárquico de
Vivienda y la Empresa ECo.P. CONSTRUCCIONES
S.R.L., correspondiente al Contrato suscripto
oportunamente para la ejecución de la Obra: "CIENTO
CATORCE (114) VIVIENDAS EN LA CIUDA D DE SANTA
ROSA "L" - ITEM 5 - SISTEMATIZACIÓN DE TERRENOS,
MUROS DE CONTENCIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE
SEISCIENTAS OC HO (608) VIVIENDAS EN LA CIUDAD
DE SANTA ROSA - 2° ETAPA - PROGRAMA FEDERAL
PLURIANUAL DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS -
PLAN 6.000 VIVIENDAS", integrante de la Licitación
Pública N° 15/1 0 del citado organismo, de acuerdo a la
documentación legal y técnica obrante de fojas 470 a 495,
con encuadre legal en las Leyes Nº 2008 y N° 2230 yen
los Decretos 1024/2002, 2146/2006 y
3679/2008.- (S/Expte. Nº 8575/2010 Anexo E).-
Decreto Nº 16 -14-I-14- Art. 1º.- Apruébase el
modelo de Convenio Marco que como Anexo I forma parte
del presente Decreto, que tiene por objeto la contratación
de Profesionales que complementen los Servicios de
Inspección de Obras en todas aquellas obras que se
realicen en el ámbito del Ministerio de Obras y Servicios
Públicos y autorízase al Señor Ministro de Obras y
Servicios Públicos, para que en representación del citado
Organismo, proceda a suscribir el m ismo.- (S/Expte. Nº
6314/13).-
Decreto Nº 17 -14-I-14- Art. 1º.- Autorízase al
señor Fiscal de Estado, para que en nombre y
representación de la Provincia de La Pampa, lleve
adelante las acciones judiciales y extrajudiciales que
resulten pertinentes, a fin de cumplimentar las
disposiciones establecidas en el artículo 2° de la Ley N°
2740 q ue d eclaró d e utilidad pública y sujetas a
expropiación las Parcelas 3 y 5 del Lote 5, Fracción D,
Sección XVIII, Partidas 531.120 y 744.093
respectivamente, para ser transferidas gratuitamente a la
Comunidad Aborigen EPUMER, con Personería Jurídica
inscripta en el Registro Nacional de Comunidades
Indígenas por Resolución 12/07, facultándolo
expresamente a efectuar las transacciones pertinentes de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º, 4° inc. b)
de la Norma Jurídica de Facto N° 888 y expuesto en los
considerandos precedentes.- (S/Expte. Nº 2015/13).-
Decreto Nº 18 -14-I-14- Art. 1º.- lncorpórase a los
OBJETIVOS del Anexo III del Decreto N° 911/13 el
siguiente: "Acompañar al niño/a o adolescente durante su
permanencia en la institución educativa y todas las
actividades que la misma desarrolle fuera de su edificio en
el marco de su Proyecto Escolar, facilitando la
implementación de las indicaciones del docente.- (S/Expte.
11366/13).-
Decreto Nº 19 -15-I-14- Art. 1º.- Acéptase a partir
del 1 de abril de 2014 la renuncia presentada, para
acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, por el
Doctor Alfredo ALONSO, DNI. N° M 5.384.834, Clase
1944, al cargo de Juez de Audiencia de Juicio de la
Segunda Circunscripción Judicial, dejando constancia que
la misma se encuentra condicionada al otorgamiento de
dicho beneficio.- (S/Expte. Nº 90/14).-
Decreto Nº 20 -15-I-14- Art. 1º.- Acéptase a partir
del 1 de abril de 2014 la renuncia presentada, para
acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, por la
Doctora Elida Olga OSSO, DNI. N° F 4.934.059, Clase
1944, al cargo Defensora General de la Segunda
Circunscripción Judicial, dejando constancia que la misma
se encuentra condicionada al otorgamiento de dicho
beneficio.-
Decreto Nº 21 -21-I-14- Art. 1º.- Apruébase el
contrato de lo cación de servicios equiparado a la
Categoría 14 (Rama Administrativa) -Ley 643- a
suscribirse con el señor Hernán José BORTAGARAY -
D.N.I. N° 29.283.487 -Clase 1982-, que como anexo forma
parte del presente Decreto, de conformidad a lo previsto
en los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 643.-

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