Banco Columbia S.A.

Fecha de disposición18 Septiembre 2007
Fecha de publicación18 Septiembre 2007
SecciónBalances
Número de Gaceta31241

Segunda Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.241 20Martes 18 de setiembre de 2007

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO TERMINADO EL 30 DE JUNIO DE 2007 (Cifras expresadas en miles de pesos) COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR NOTA 1

CONTEXTO ECONOMICO ARGENTINO Y SU IMPACTO SOBRE LA POSICION ECONOMICA Y FINANCIERA DE LA ENTIDAD.

A partir del año 2003 se ha observado una evolución favorable de la situación económica de la República Argentina, interrumpiéndose así, un ciclo de recesión económica que había comenzado en la segunda mitad de 1998, profundizándose a fines de 2001 y en la primera mitad de 2002, destacán Segunda Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.241 21Martes 18 de setiembre de 2007 dose un proceso de recuperación de algunos indicadores económicos, disminución de las tasas de interés y estabilización del mercado de cambios. El sistema financiero recompuso gradualmente su liquidez, registrando un incremento en el nivel de depósitos, al tiempo que todas las líneas de préstamos muestran importantes tasas de crecimiento.

Durante los años 2004 y 2005 en tanto, se mostró cierta consolidación de la recuperación económica. Del lado financiero de la balanza de pagos, se observó una reversión continua del proceso de salida de capitales, una señal clara del asentamiento de las expectativas del sector privado local y extranjero. De este modo, la balanza de pagos evidenció un superávit importante en la cuenta corriente, pero con una reducción, también relevante, del saldo negativo de la cuenta capital, lo que ha permitido seguir acumulando reservas.

Principalmente en el año 2005 se inició el proceso de reestructuración de la deuda pública nacional, incluyendo la posibilidad de aplicar las reservas acumuladas por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.) para el pago de deudas con organismos internacionales. Es así que, el 3 de enero de 2006, se canceló el total de la deuda con el Fondo Monetario Internacional de 9.534,8 millones de dólares. Estos hechos, relevantes para la economía argentina, permiten reducir la incertidumbre y aclarar el horizonte fiscal de los próximos años.

Para hacer frente a la crisis de marzo de 2001, el Gobierno emitió, leyes, decretos y regulaciones que implicaron un profundo cambio del modelo económico vigente hasta ese momento.

Entre ellas se destaca la puesta en vigencia de la flotación del tipo de cambio, que derivó en una significativa devaluación que se registró en los primeros meses del año 2002, y la pesificación de ciertos activos y pasivos en moneda extranjera mantenidos en el país.

Con fecha 10 de enero de 2006, se publicó la Ley Nº 26.077 que prorrogó la declaración de emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2006.

Los efectos más relevantes de la crisis mencionada que aún afectan la posición económica y financiera de la Entidad se detallan a continuación:

· Compensación a las Entidades Financieras El Decreto Nº 214/02, en su artículo 7º, dispuso la emisión por el Gobierno Nacional, de un Bono con cargo a los fondos del Tesoro Nacional con el fin de solventar el desequilibrio en el sistema financiero resultante de la diferencia que se origina como consecuencia de la devaluación y de la pesificación asimétrica de activos y pasivos en moneda extranjera al 31 de diciembre de 2001.

El Decreto Nº 905/02 estableció la metodología para el cálculo de la compensación que debían recibir las Entidades Financieras, reemplazando con ello, el Decreto Nº 494/02 que lo había establecido previamente. Los Art. 28º y 29º del mencionado Decreto tienen por finalidad restablecer el patrimonio de las Entidades Financieras al momento de la pesificación, resarciéndolas de:

  1. Las pérdidas provocadas por la conversión a pesos de gran parte de sus obligaciones al tipo de cambio de u$s 1 = $ 1,40.-, en cuanto es superior al tipo de cambio aplicable a algunas de sus acreencias en moneda extranjera de u$s 1 = $ 1,00.-, ello mediante la entrega de un Bono Compensador.

  2. El descalce de sus posiciones en moneda extranjera luego de la pesificación compulsiva de parte sus carteras activa y pasiva, ello mediante la transformación del Bono Compensador originariamente en pesos, en un Bono en dólares, y además, de ser necesario, mediante la suscripción de un Bono de cobertura en dólares.

    En función a lo establecido en las normas del B.C.R.A., la Entidad efectuó la determinación del Bono a recibir, validando la información requerida por el B.C.R.A.

    Luego de los ajustes determinados por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias ('SEFyC') y su discusión en diversos ámbitos, el 11 de octubre de 2006 el Directorio resolvió desistir a iniciar acciones judiciales sujeto a la entrega efectiva de los bonos (Boden 2007 V/N $ 2.449.380) y aceptar dicha determinación, facultando a cualquiera de los Directores a dar cuenta de esta resolución al Banco Central de la Republica Argentina. El 20 de noviembre de 2006 se notificó a dicho Banco Central de esta resolución de Directorio y se solicitó la acreditación de los bonos.

    El 29 de enero y 05 de febrero de 2007 el Ministerio de Economía de la Nación acreditó la compensación determinada por el BCRA, en títulos públicos y pesos de acuerdo con las normas establecidas en el Decreto 905/02.

    Por otro lado, se ha registrado un crédito en el rubro Otros Créditos por Intermediación Financiera de $ 4.601, que surge como consecuencia del descalce negativo que presenta la Entidad en su posición neta en moneda extranjera al 31 de diciembre de 2001, y que no se encuentra cubierto por la suscripción de Bonos mencionada anteriormente. La Entidad ha solicitado formalmente con fecha 5 de agosto de 2002 al B.C.R.A. que contemple tal situación y proceda a compensar el mencionado descalce. A la fecha de emisión de los presentes Estados Contables el Ente Rector todavía no se había expedido sobre esta cuestión. Como consecuencia de la incertidumbre existente sobre el valor de recupero de este activo, la Entidad procedió a su previsionamiento total, según lo expuesto en Nota 14 a estos Estados Contables.

    · Acciones Legales de Amparo Como consecuencia de las medidas adoptadas por el Estado Nacional, numerosas personas físicas y jurídicas han iniciado una importante cantidad de acciones de amparos contra el Estado Nacional y/o las entidades integrantes del sistema financiero, reclamando mediante la alegación de la inconstitucionalidad de la normativa de emergencia (Ley 25.561, Decreto 214/02, Decreto 320/02, Decreto 902/02 y concordantes) la devolución de sus depósitos en la moneda de origen, es decir, dólares estadounidenses. A la fecha de emisión de los presentes Estados Contables, se desconoce el resultado final de las acciones de amparos promovidas contra Banco Columbia S.A..

    Las medidas cautelares interpuestas por los depositantes y de acuerdo a lo establecido por la Comunicación 'A' 3916, se registraron en el Rubro Bienes Intangibles $ miles 2.946 (neto de amortizaciones). Dicho monto se encuentra vinculado con las diferencias producidas entre los pagos efectuados por Resoluciones Judiciales y los valores contables registrados según las normas legales aplicables a las imposiciones de los depositantes en moneda extranjera. La Entidad estima que existen fundadas razones para su recupero.

    Con fecha 27 de diciembre de 2006, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en el caso 'Massa c/ Estado Nacional y BankBoston' resolviendo que el Banco demandado debe cumplir su obligación de restituir un depósito en dólares sujeto a las normas de emergencia, abonando la suma original depositada convertida a pesos al tipo de cambio $ 1,40 por dólar, ajustada por CER hasta el día del efectivo pago, con un interés del 4% anual, y computando las sumas abonadas en virtud de medidas cautelares u otras causales como pagos a cuenta.

    Asimismo, con relación a la posibilidad de recupero de las pérdidas ocasionadas como consecuencia de las acciones judiciales antes mencionadas, informamos que la Entidad ha efectuado sendos reclamos administrativos ante el Ministerio de Economía y el Banco Central requiriendo la compensación de dichas pérdidas y que, en resguardo de sus derechos, ha promovido con éxito una acción judicial a fin de suspender el plazo de prescripción para iniciar acciones legales contra el Estado Nacional por los daños y perjuicios que le han ocasionado las numerosas acciones de amparos promovidas por los ahorristas. Dicha acción se encuentra suspendida por voluntad de la Entidad a la espera de la resolución que adopte el Banco Central y/o el Ministerio de Economía de la Nación en los reclamos administrativos iniciados.

    NOTA 2

    BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES Los presentes Estados Contables, que surgen de libros de contabilidad de la Entidad, han sido ajustados por inflación de acuerdo a las pautas descriptas en la Comunicación 'A' 551 hasta el 31 de agosto de 1995. A partir del 1º de septiembre de 1995, y de acuerdo a lo establecido en el Decreto 316/95 del Poder Ejecutivo Nacional y la Comunicación 'A' 2365 del Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.), la Entidad ha discontinuado la aplicación del ajuste por inflación de los Estados Contables. En consecuencia, los movimientos generados entre el 1º de septiembre de 1995 y el 31 de marzo de 2001 se hallan registrados en moneda corriente del período al que corresponden.

    A partir del 1º de enero de 2002 y hasta el 28 de febrero de 2003, como consecuencia de la derogación del Decreto 316/95 y la Comunicación 'A' 3702, se efectuó el reconocimiento de los efectos de la inflación en los Estados Contables aplicando los coeficientes basados en el Indice de Precios Internos Mayoristas, nivel general (IPIM), considerando que las mediciones contables reexpresadas por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda hasta el momento de interrupción de los ajustes, como las que tengan fechas de origen incluidas en el período de estabilidad, están expresadas en moneda de febrero de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR