Asignación Tribunal Oral TO01 - NAVARRO OMAR ALBERTO s/INFRACCION LEY 22.415

Fecha26 Julio 2018
Número de expedienteFPA 031057787/2010/TO01
Número de registro211785753

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

SENTENCIA N° 45/18 En la ciudad de Paraná, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil dieciocho, se constituye el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, en la modalidad unipersonal (art. 32, apartado II, inc. 4° del CPPN -ley 27.307-), integrado por el Sr. Vocal titular, Dr. R.M.L.A., asistido por la Sra. Secretaria de Cámara, Dra. B.M.Z., con el objeto de dictar sentencia, en la causa N° FPA 31057787/2010/TO1, caratulada: “N.O.A.S.ÓN LEY 22.415”.-

IMPUTADO:

La causa se sigue a O.A.N., DNI 13.900.586, argentino, sin apodo, nacido el 2 de abril de 1960 en San Fernando, provincia de Buenos Aires, viudo, comerciante, domiciliado en calle L.G.N.°1550, Tigre, provincia de Buenos Aires, hijo de N.N. y E.M.A..-

Expresaró no padecer de ninguna enfermedad que le imposibilite entender lo que sucede en la audiencia.

En la audiencia plenaria representó al Ministerio Público Fiscal, el Sr.

Fiscal General Ad H.D.L.A.. Por la defensa del imputado intervino el Sr. Defensor Dr. J.A.P..

REQUERIMIENTO FISCAL:

Según el requerimiento fiscal de elevación a juicio, en esa pieza acusatoria obrante fs. 473/176 se imputa a O.A. NAVARRO haber cometido el delito de tentativa de contrabando de importación de moneda de curso legal (dólares estadounidenses) en cantidades prohibidas, en carácter de autor (arts. 864 inc. “d” y 871 de la ley 22.415).

La causa tiene inicio en virtud de que el día 16 de abril de 2010, siendo las 14:30 horas, en el Área de Control integrado del Puente Internacional “Libertador General S.M.”, que une la República Argentina con la Republica Oriental del Uruguay, personal de la aduana argentina procedió a realizar el control previo al ingreso al país del vehículo Ford Focus, dominio IGU 508, en el que se conducía O.A.N.. Quien al ser interrogado por personal aduanero, más precisamente el agente D.B. acerca si transportaba Fecha de firma: 26/07/2018 algo para declarar al servicio aduanero, N. respondió en forma negativa. Al Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #8785588#211785753#20180726111020398 controlar de manera rutinaria el rodado y el equipaje observo debajo del asiento del acompañante -butaca delantera derecha- un portafolio tapado parcialmente por una campera que colgaba del apoya cabeza del asiento referenciado. Al preguntarle por ello contesto que era suyo. Con su autorización el aduanero revisó el maletín y encontró dinero en el interior, cuando se le pregunto cuánto era dijo 30.000 mil dólares. Se trasladan a la oficina de la aduana y cuando se cuenta el dinero resultó que eran 100.000 dólares en fajos de 10.000 en billetes de cien.

En ese momento se le hizo saber que había intentado ingresar al país dinero extranjero en cantidades no permitidas por la Res. G.. Afip 2704/09 en sus arts.

1 y 5, burlando el control lo que la requisitoria califica como tentativa de contrabando en calidad de autor figura prevista en el art. 864 inc. d y 871 de la ley 22.415.

ACUSACIÓN EN EL PLENARIO:

El Sr. Fiscal General Ad H.D.L.A., acusó a O.A.N. por el delito de contrabando de importación de divisas en grado de tentativa, y solicitó que se le aplique la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional de conformidad a lo establecido por los arts. 864 inc. d), 871 y 872 del Código Aduanero y de conformidad a lo establecido en el art. 1026 solicita que se le apliquen las accesorias establecidas en los inc, d), e) y h) del art.

876 del Código Aduanero, es decir la pérdida de concesiones, regímenes especiales y privilegios que pudiere gozar, la inhabilitación especial por seis meses para ejercer el comercio y la inhabilitación absoluta por seis años para desempeñarse como funcionario o empleado público.

PLANTEO DE LA DEFENSA:

Por su parte, el Sr. Defensor Dr. J.A.P., expresó

que N., el día 16 de abril de 2010, arribó al país, se presentó

voluntariamente en el Puente Internacional “Libertador San Martín” para hacer su trámite de ingreso ante la aduana, manifestando que no tenía mercadería que declarar. Luego facilitó el acceso a su vehículo abriendo el baúl. Seguidamente en la parte trasera observaron un maletín y una campera que estaba ahí, pero no se encontraban oculto; ya que se encontraba a la vista y lo exhibió.

Fecha de firma: 26/07/2018 Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #8785588#211785753#20180726111020398 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

Manifestó que existe una discusión respecto de si el dinero es o no una mercadería; los billetes tienen una disposición arancelaria, pero cuando se introduce al país U$S10.000 o más, según lo establece la resolución 2704; esta resolución es del año 2001 y se prohibía el ingreso de divisas por más de U$S10.000; no está prohibido traer esa cantidad de dinero sino que se lo debe declarar; el dinero es instrumento monetario; la ley persigue controlar el lavado de dinero y el financiamiento terrorista.

Aquella resolución define al dinero como instrumento monetario y no puede sostenerse que se trata de mercadería, sino de un medio de pago al igual que el pagaré, que es una promesa de pago. Afirma que para su defendido los billetes no eran mercadería sino instrumento de pago; el ocultamiento no es idóneo para la comisión del art. 864 inc. “e”, ya que el maletín estaba a la vista.

En relación al transporte de dinero, citó fallos de la Cámara de Casación; en la causa “R.O.” se sostuvo que llevar dólares en los bolsillos no es una conducta idónea de ocultamiento; N. no ocultó, sino que debió haber llenar un formulario que la Aduana no le dijo que debía hacerlo; no ocultó el dinero, lo llevaba a la vista. Consideró que debe aplicarse la doctrina que este Tribunal tuvo en cuenta en la causa “Rade Euro”, donde se consideró que no había ocultamiento; la conducta de su defendido N. dista a la conducta de R., quién llevaba el dinero debajo de los asientos. Se considera que el dinero es mercadería cuando es negociada entre las entidades bancarias.

Por todo lo expuesto solicitó la absolución de N. y la devolución del dinero que obtuvo de su trabajo.

MANIFESTACIÓN DEL IMPUTADO:

N. refirió que dirige varias empresas y hay cosas que no las piensa; tiene más de 80 personas trabajando para él; quería comprar un motor, pagarlo y dar trabajo; su padre fue pescador y él se inició como marinero, llegó a ser capitán y es marino mercante. Expresó que hay cosas que se le escapan, y solo pensó sacar la plata para hacer las cosas, habiendo hecho todo con sus manos.

Durante las deliberaciones del caso se plantearon las siguientes cuestiones a resolver:

Fecha de firma: 26/07/2018 Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #8785588#211785753#20180726111020398

PRIMERA

¿Está acreditada la existencia del hecho y la intervención del imputado? En su caso, ¿merece reproche penal su conducta?

SEGUNDA

¿Que otras cuestiones corresponde resolver y como deben imponerse las costas?

A LA PRIMERA CUESTIÓN EL DR. L.A. DIJO:

I) PLEXO PROBATORIO:

Resulta necesario para tratar el punto poner a consideración el cúmulo probatorio receptado en el plenario conforme al auto de fs. 515 y vta., y lo dispuesto durante la sustanciación del mismo.

  1. Documentales: actuaciones de fs. 1//77; documental de fs. 94/100; actuaciones de fs. 112; documental e informes de fs. 113/143, de fs. 149/186, de fs...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex