Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Marzo de 2003, M. 3591. XXXVIII
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
M. 3591. XXXVIII.
RECURSO DE HECHO
Multilab S.R.L. y otra s/ infracción ley 16.463 -causa N° 2958/01-. Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 20 de marzo de 2003.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica en la causa Multilab S.R.L. y otra s/ infracción ley 16.463 -causa N° 2958/01-", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).
Por ello, se desestima la queja. I. al recurrente para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de conformidad con lo prescripto en la acordada 47/91. N., tómese nota por Mesa de Entradas y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRAC- CHI - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..
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Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 20 de Abril de 2022, expediente CCF 001317/2019/CA002
...que la apelante pasa por alto que el establecimiento geriátrico “Altos del Boulevard Centro Pro Vida S.A.”, sito en L.E.4., esquina del C.S.M. 3591, se encuentra en el Registro 2 – Categorías A-C - del sitio web https://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/geriatrico_privado_ugcor.pd En......
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