Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Mayo de 1999, L. 4. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 4. XXXV.

P.L., R. s/ su presentación.

Buenos Aires, 10 de mayo de 1999.

Autos y Vistos; Considerando:

Que la petición de fs. 3/4 no constituye acción o recurso alguno que, con arreglo a los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional y a las leyes que los reglamentan, habilite la competencia ordinaria o extraordinaria de la Corte Suprema.

Por ello, se desestima esta presentación directa.

N. y oportunamente archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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