Sentencia nº 35376 de Primera Cámara Laboral de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 4 de Septiembre de 2006

PonenteNENCIOLINI
Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2006
EmisorPrimera Circunscripción

Fojas: 111

En la Ciudad de Mendoza, a los cuatro días del mes de Setiembre de dos mil seis, se hace presente en la Sala de Unipersonal del Tribunal la Sra. Juez de la Excma. Cámara Primera del Trabajo -Dra. M.D.C.N., con el objeto de dictar sentencia definitiva en los autos n°35.376 caratulados "DE LA VEGA JULIO CESAR C/ BONARRICO HECTOR HUGO Y OTS. p/ DESPIDO" , de los que

R E S U L T A:

A fs. 558 se presenta el actor JULIO CESAR DE LA VEGA por medio de representante legal e interpone formal demanda ordinaria contra RADIO SHALOM S.R.L., contra H.B. y MAGDALENA ROSA MORAGAS por el reclamo de $20.000,00 , o lo que en más o menos resulte de la prueba a rendirse, en concepto de rubros no retenibles e indemnizatorios, con más sus intereses legales y costas .-

Expresa que ingresó a trabajar para la demandada cumpliendo tareas de locutor y operador de radio desde Agosto de 1992, con un salario mensual promedio de $800,00 y que nunca fue registrado.

Que en Enero de 2.000, luego de las Vacaciones se le informa que había sido reemplazado.

Que el 27-11-01 envía C.D. emplazando al pago de la indemnización por despido incausado y a registrar la relación laboral.

Practica liquidación y ofrece pruebas.-

Corrido el traslado de la demanda, a fs. 18/24 comparece la demandada y plantea asimismo la defensa de PRESCRIPCIÓN.

En subsidio contesta demanda. Relata que el actor se acerca a la Iglesia y comienza a colaborar en el templo y que posteriormente fue consagrado pastor de la Iglesia.

Que como consecuencia de haber conseguido un trabajo en Estados Unidos, renuncia a la Iglesia y al programa que tenía en radio Shalom. Plantea asimismo la defensa de falta de legitimación sustancial pasiva pues nunca habría trabajado personalmente ni para B., M. o Shalom S.R.L. sino para la Iglesia Pentecostal, la cual tiene personería propia.

Impugna liquidación, ofrece prueba y funda en derecho.

A fs.37 la actora solicita la sustanciación de la causa.

A fs.38 se dicta el auto de admisión de pruebas y se ordena la producción de las mismas.-

A fs.54 se da por fracasado el intento conciliatorio entre las partes.

A fs. 76 corre agreado el informe de Radio Libertador.

A fs. 110 se celebra audiencia de vista de causa, se incorpora la prueba instrumental, quedando la causa en estado de dictar sentencia.

C O N S I D E R A N D O :

PRIMERA CUESTION: Existencia de la relación laboral.-

SEGUNDA CUESTION: Rubros reclamados.-

TERCERA CUESTION: C..-

A LA PRIMERA CUESTION LA DRA. M.D.C.N. DIJO:

La actora invoca en sustento de lo que reclama en autos la existencia de un vínculo de trabajo, el período de extensión del mismo y una categoría profesional determinada, que constituyen en la litis extremos legales cuyo peso probatorio recaen sobre el mismo (arts. 12,45 y 55 C.P.L.).

La existencia de la relación revestida por la accionante es extremo legal de la litis controvertido, en cuanto que el actor denuncia una relación de dependencia como locutor y operador de radio, mientras que todos los demandados niegan la existencia del vínculo de trabajo, sosteniendo que el actor en la radio colaboraba, por ser integrante de la Iglesia.

A través del análisis de la prueba aportada en la causa, surge que: 1) Instrumental: a) a fs.105, manifestación de ingresos de Febrero/97 certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas; b) C.D. de 27-11-01 el actor emplaza a la registración laboral y al pago de la indemnización por despido, asignaciones familiares, y Vacaciones; c) nota dirigida por el demandado al Reverendo de la Iglesia en el distrito Florida, de EEUU, recomendando al actor y que lo ayude, de fecha 07-12-99; d) pasaporte del actor; e) Expte.Adm. nro.853-D-01.

2) Informativa de Radio Libertador: informa las condiciones de trabajo y régimen legal del locutor de radio.

3) Confesional del actor: declaró que:"trabajé para Shalom Radio T.V. Mundo, B. y M., que son esposos... en la Iglesia solamente predicaba..trabajé en 1989 ad honorem hasta el 92, me contrató B. para turnos en la radio hasta Diciembre/99... en Diciembre/99 fui a predicar a Estados Unidos y volví en Enero del 2000, y B. me avisa que hay otra persona en mi lugar y me sacó... B. me pagaba el sueldo y firmaba solamente papeles a puño y letra...él me pidió que mandara T.C. de renuncia antes de irme a Estados Unidos, el 15 de Mayo de 1995 viajé a Chile porque B. me pidió que lo acompañara a una campaña evangélica, era la mano derecha y por eso me invita...también trabajaba en la secretaría de la radio haciendo los bonos de sueldos... fui predicador, en 1997 me nombran pastor a prueba y en 1999 fui ya pastor, predicaba Martes y jueves en la Iglesia de Las Heras después que salía de la radio... al pastor de la Iglesia se le da una ofrenda, de la Iglesia de Las Heras y de El Borbollón... todo el dinero iba a una sola Tesorería de la...

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