Resolución 1024/2013

Fecha de disposición30 Mayo 2013
Fecha de publicación06 Junio 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32655



MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución1024/2013Apruébase Convenio Marco Modelo para la implementación del Registro Nacional de Empresas y Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia.

Bs. As., 30/5/2013

VISTO el Expediente Nº S04:0050450/12 del registro de este Ministerio, la Ley Nº 26.370 y el Decreto Nº 1824 del 23 de noviembre de 2009, y la Resolución M.J. y D. H. Nº 1383 del 14 de septiembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.370 estableció las reglas de habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público en general, sea en forma directa o a través de empresas prestadoras de servicios, para empleadores cuya actividad consista en la organización y explotación de eventos y espectáculos musicales, artísticos y de entretenimiento en general, que se lleven a cabo en estadios, clubes, pubs, discotecas, bares, restaurantes, y todo otro lugar de entretenimiento de público en general.

Que por el Decreto Nº 1824/09, se reglamentó la organización y pautas de funcionamiento del Registro Unico Público al que hace mención la citada Ley en su artículo 12, creándose el REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS Y TRABAJADORES DE CONTROL DE ADMISION Y PERMANENCIA, cuyo alcance es nacional, nutriéndose de la información suministrada por las Provincias y por la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Que no obstante, por la naturaleza federal de la organización registral, debe integrarse con un mecanismo de intercambio de información que permita acceder a la misma por todas las jurisdicciones del país, permitiendo un amplio control de las actividades realizadas por los controladores de admisión y permanencia, las empresas que los emplean y/o las que proveen servicios.

Que por Resolución M.J. y D.H. Nº 1383/11 se establecieron las condiciones y características del intercambio con las Jurisdicciones, mediante un Convenio de Cooperación, el cual figura como Anexo I a la mentada Resolución.

Que mediante el mentado Convenio, se establecieron los parámetros para posibilitar la compatibilización e integración de las actuaciones regístrales de los Registros Jurisdiccionales a los efectos de poder efectuar un seguimiento a nivel racional de las actividades, tanto de las empresas como de los controladores de admisión y permanencia.

Que asimismo, el Convenio preveía tanto la carga como la transferencia de información registral de los Registros locales al REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS Y TRABAJADORES DE CONTROL DE ADMISION Y PERMANENCIA, el acceso a esta información por parte de las Jurisdicciones y la disponibilidad de los datos que puedan ser requeridos por el público.

Que además, el Convenio tenía por objeto la simplificación de las tareas referentes a la implementación y puesta en funcionamiento de los Registros Jurisdiccionales, sin perjuicio de que también serviría para facilitar complementariamente las relaciones interjurisdiccionales a los efectos de optimizar las gestiones propias de cada uno de los Registros.

Que, por otra parte, el Convenio establecía los derechos tanto de las Jurisdicciones como de esta cartera de Estado, dando lugar a acuerdos particularizados cuando así resultara conveniente.

Que resulta necesario precisar las tareas, derechos y obligaciones implicados para las partes, evitando posibles interpretaciones de las cláusulas del mismo que impliquen intromisiones en las autonomías provinciales y locales, como así también excesos por sobre normativa de mayor rango, previniendo posibles conflictos.

Que a efectos de brindar celeridad a la implementación y cumplimiento de la presente, resulta preciso facultar al Señor Director Nacional del Registro Nacional de Empresas y Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia para intervenir en los Convenios pertinentes, ad-referéndum del suscripto.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 4°, inciso b), puntos 6 y 9 de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO

DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1°

— Apruébase el Convenio Marco Modelo para la implementación del REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS Y TRABAJADORES DE CONTROL DE ADMISION Y PERMANENCIA, el que como ANEXO l forma parte integrante de la presente.

Art. 2°

— Las Jurisdicciones deberán remitir al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS un ejemplar suscrito del citado Convenio, así como una copia certificada del acto aprobatorio del mismo. La incorporación al REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS Y TRABAJADORES DE CONTROL DE ADMISION Y PERMANENCIA de la citada Jurisdicción será efectiva a partir del cumplimiento de estas obligaciones.

Art. 3°

— Facúltase al Señor Director Nacional del Registro Nacional de Empresas y Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia, para intervenir ad-referéndum del suscripto en la celebración de los Convenios destinados a cumplir con la presente iniciativa y arbitrar las medidas conducentes para su implementación.

Art. 4°

— Derógase la Resolución M.J. y D.H. Nº 1383 del 14 de septiembre de 2011.

Art. 5°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.

ANEXO I

CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACION DEL REGISTRO NACIONAL

DE EMPRESAS Y TRABAJADORES DE CONTROL DE ADMISION Y PERMANENCIA

(RENCAP)

Entre el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, representado en este acto por el Señor Director Nacional del Registro Nacional de Empresas y Trabajadores de Control de Admisión y...

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