Sentencia de Sala 2, 14 de Abril de 2016, expediente CFP 007970/2014/14/CA005

Fecha de Resolución14 de Abril de 2016
EmisorSala 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 7970/2014/14/CA5 CCCF - Sala II CFP 7970/2014/14/CA5 “H C, G s/ procesamiento”.

J.. Fed. N° 12 – S.. N° 23.

Buenos Aires, 14 de abril de 2016.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la asistencia letrada de G H C, doctor A.P., contra el auto que dispuso ampliar su procesamiento por considerarlo “prima facie” autor penalmente responsable del delito de uso de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas falso (artículo 296, en función del artículo 292, ambos del Código Penal).

  2. En ocasión de articular la apelación la defensa expuso sus agravios, los que fueron sostenidos al informar en los términos del artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación.

    Conforme se advierte de la lectura de ambos escritos, los cuestionamientos se vinculan estrictamente con la ausencia de elementos probatorios que permitan endilgarle a H C la conducta por la que se encuentra sometido a proceso, para lo cual hace hincapié en que “en la causa hay fotografías de que mi asistido ingresó por E. en avión, constando que utilizó su propio DN

  3. Y no otro que no le perteneciera, y argumenta el inferior que esa misma fecha se dirigió en micro desde retiro y cruzó por el cruce de F.B., 7-8-2015, hora 3,33. mientras que el avión desde Bolivia arribó al Aeropuerto el mismo día a las 15,16 horas, o sea que mi cliente estaba todavía, no había partido hacia Argentina ya que por la distancia resultaría materialmente imposible, tales circunstancias, tal como se encuentra acreditado a fs. 99 y 48” (conf. fs. 15 de este legajo).

  4. Corresponde comenzar por señalar que existen diversos elementos probatorios que corroboran el uso del documento falso que el nombrado tenía bajo su esfera de custodia el día de su detención.

    El magistrado de grado efectuó un detallado relato de las distintas conversaciones -transcripciones de escuchas Fecha de firma: 14/04/2016 Firmado por: H.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.J.H., Secretario de Cámara #28135545#151181450#20160414114005304 telefónicas- que presuponían la usurpación de identidad de F.T.G. por parte del imputado y que luego con el avance de la pesquisa fueron corroboradas, a las que cabe remitirse.

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