Una visión singular sobre el tope de la indemnización por despido

AutorMariano A. Armanini
Páginas579-586
Una visión singular sobre el tope de la indemnización por
despido
Por Mariano A. Armanini
La aplicación mecánica de un determinado
criterio no es una cuestión que deba ser toma-
da a la ligera. Más allá de la razonabilidad o
justicia que pueda imprimir esa doctrina a la
solución de u n caso, su aplicación automática
a otro d istinto que no revist iera ca racteres
análog os de relevanci a, pod ría pr ovocar un
resultado jurídica mente di svalioso. Siempre
será nec esario en la labor del magistr ado
realizar un análisis puntual del caso concreto
arr imado a s u con ocimient o. Es to, aunque
la pauta jur isprudencial emane de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación.
1. El origen
A par tir de la modif‌icación introducida al
código de comercio por la ley 11.729, quedó
plasmada en el ordenamiento jurídico nacio-
nal una pauta legislativa que delinearía el
futuro desarrollo de una de la s institucio-
nes más fatigad as de l der echo del tr abajo:
la indem nización por antigüedad(1).
Aquella reforma de 1934 introdujo ciertos
conceptos novedosos que habrían de recibir la
denominación de “tope má ximo” por un lado,
y “ piso indemniz atorio” por el otro. No es la
idea de esta nota analizar cómo han evolu-
cionado estos in strumentos en la legislación
nacional(2). Sí vale la pena destacar, por el
(1) Este instituto también es conoc ido indistin-
tamente como “indemnización por despido”, “indem-
nización de cesantía” o “indem nización de licencia-
miento”, entre otras tantas denominaciones que le ha
otorgado la doctrina. ra m í r e z gr o n d a , Juan D., El
contrato de trabajo, en de v e a L i , m ar i o L., “T ratado
de Derecho del T rabajo”, Ed. La Ley, Buenos Aires,
1964, Tomo I, p. 572.
(2) Para un detalle de la evolución normativa del
instituto, ver virg i Li , cL a u d i o Se B a S t i á n , Daños deri-
vados de la ac tividad laboral, en el “T ratado de Daños
Reparables”, dirigido por ca r L o S a. gH e r S i y coordinado
por ce L i a We i n g a r t e n , La Ley, Buenos Aires, 2009.
08 agosto 2011 copy.indd 31 8/18/11 9:19:45 AM

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR