Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 12 de Junio de 2020, expediente FMP 016772/2014/CA001

Fecha de Resolución12 de Junio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA

VIECENZ, ODULIO EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES;

16772/2014

SR///del plata,

AUTOS Y VISTO:

Llegan los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación deducido por la parte demandada en oposición a la sentencia dictada por el juez de grado.-

Que del examen de autos surge que el Sr. VIECENZ ODULIO EDUARDO

adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, con fecha de adquisición del derecho el 8/11/2006.-

Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada en su memorial, se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar el índice de actualización aplicado para la redeterminación del haber inicial, solicitando la aplicación del índice R.I.P.T.E. establecido en la Resolución Anses 56/2018 y en la Ley 27.260. Asimismo cuestiona el recálculo de la PBU, la aplicación de los antecedentes “V.” y “M.”

respecto de los aportes autónomos, el reajuste por movilidad y la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de la ley 24.463.-

A partir de lo expuesto y siendo que todo ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en los fallos:

DIYARIAN, A.S. c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES

'PROTOCOLO A..

6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 041051750/2011/CA001 Fecha: 29/06/2018 y “RISSO

JUAN CARMELO C/ ANSeS S/ REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14

Materias Civiles' Clave: FMP 062011548/2011/CA001 Fecha: 09/02/2017, que remiten a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “V., L.M. s/

Jubilación", Fecha 28/03/85.”, “M., Simón c/ ANSeS s/Inconstitucionalidad ley 24.463,

Fecha 20/05/2003. (M. 427. XXXVI R.O.).”, “B., A.

  1. c/ Anses s/ reajustes varios”, (B.

    675. XLI), (C. 1074. XLIV), “Elliff” (Fallos: 332:1914) y “Q.C.A.

    C/ANSeS S/REAJUSTES VARIOS” (Q. 68 XLVI), de fecha 11 de noviembre de 2004, por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio.-

    Fecha de firma: 12/06/2020

    Firmado por: I.B.S.C., SECRETARIA DE CÁMARA

    Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CÁMARA

    Con relación al planteo de la recurrente respecto a la aplicación del índice R.I.P.T.E de conformidad con las disposiciones de la ley 27.260 (Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados), hemos de advertir, que de las...

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