Varios publicados en la fecha 19 de diciembre de 2014

CASA CENTRAL

C.C.

POR 10 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8 del Departamento Judicial La Plata, sito en calle 13 e/ 47 y 48 PB de La Plata, cita por diez días a herederos de ELDA BEATRIZ ROCCHI para que comparezcan y tomen intervención en los autos “Rocchi Elda Beatriz c/ Arena Alberto Alejandro s/ Daños y Perjuicios“, bajo apercibimiento de designárseles un Defensor Oficial para que los represente (Art. 53 Inc. 5 del CPCC). La Plata, 09 de septiembre de 2014.

Juan Agustín Silvia, Auxiliar Letrado.

C.C. 13.134 / dic. 5 v. dic. 19

POR 5 DÍAS - En el marco de la Causa Contravencional Nº CO-3781-2013 caratulada “Ojeda Oscar s/ Infracción Artículo 2º de la Ley 13.178” que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr.

Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín Nº 254 de la Localidad y Partido de Tigre, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco (5) días (conf. art. 129 del C.P.P.), ello así, con el objeto de notificar a don OSCAR OJEDA (DNI Nº 13.718.411) la resolución dictada en la mencionada causa. La resolución a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en sus partes pertinentes: “Tigre, 31 de octubre de 2014.

Autos y Vistos: … Resulta: ... Considerandos:… Resuelvo:

... 1) Declarar la extinción de la acción contravencional por prescripción en estos actuados respecto de Oscar Ojeda (DNI Nº 13.718.411), cuyas demás circunstancias personales son de figuración en autos, toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73; 2) Disponer el sobreseimiento en estos actuados respecto de Oscar Ojeda (DNI Nº 13.718.411), en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1º del C.P.P. (de aplicación supletoria conforme lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto-Ley 8.031/73); 3) Proceder a la devolución de los efectos secuestrados (ver fs. 1), ello así, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 cuarto párrafo del C.F. Regístrese. Notifíquese... Firmado: Dr.

Alberto Raúl Wagener. Juez”. Como recaudo legal se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente oficio, el cual dice así en su parte pertinente: “Tigre, 27 de noviembre de 2014... A los fines de notificar al causante de autos, procédase en la forma ordenada a fs. 81, a tales fines líbrese el oficio allí ordenado... Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener. Juez“. Tigre, 27 de noviembre de 2014. Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado.

C.C. 13.820 / dic. 15 v. dic. 19

POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.

Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la Causa Nº 2502/2011, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J- 0006681 caratulada: “Formar, José Luis s/ Encubrimiento Agravado por el Ánimo de Lucro“, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el art. 129 del Código de Procedimiento Penal (s/Ley 11.922), la resolución que se notifica al imputado JOSÉ LUIS FORMAR, -titular del DNI Nº 35.093.536-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: “Quilmes, 11 de noviembre de 2014. Y Visto: Y Considerando:… Resuelvo: I.- Declarar la rebeldía de José Luis Formar, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II.- Suspender el trámite de la presente Causa, hasta tanto el imputado Formar sea habido para ser sometido nuevamente a proceso (cf. art. 305, CPP). III.-… IV… (…) Fdo.

Julia Andrea Rutigliano, Juez. Ante mí: Marisa Vázquez, Secretaria. Quilmes, 1º de diciembre de 2014. C.C. 13.821 / dic. 15 v. dic. 19

POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.

Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la Causa Nº 2666/2014, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J- 0007072 caratulada: “Valdez, Livio Fabián s/ Amenazas Calificadas en Concurso Ideal con Abuso de Armas y Resistencia a la Autoridad“, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el art. 129 del Código de Procedimiento Penal (s/Ley 11.922), la resolución que se notifica al imputado LIVIO FABIÁN VALDEZ, -titular del DNI Nº 25.760.711-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: “Quilmes, 28 de noviembre de 2014. Y Visto: Y Considerando: Resuelvo: l.- Declarar la rebeldía de Livio Fabián Valdez, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. Il.- Suspender el trámite de la presente Causa, hasta tanto el imputado Valdez sea habido para ser sometido nuevamente a proceso (cf art. 305, CPP). IIl.- Regístrese, notifí- quese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco (5) días, al imputado, conforme lo dispone el art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Julia Andrea Rutigliano, Juez. Ante mí: Marisa Vázquez, Secretaria.

Quilmes, 28 de noviembre de 2014.

C.C. 13.822 / dic. 15 v. dic. 19

POR 5 DÍAS – Por disposición de la Sra. Juez, Dra.

Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la Causa Nº 1317/2014, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J- 0006911 caratulada: “Bogado, Matías Nicolás; García, Juan Carlos s/ Encubrimiento en Concurso Real con Violación de Domicilio“, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el art. 129 del Código de Procedimiento Penal (S/ Ley 11.922), la resolución que se notifica al imputado JUAN CARLOS GARCÍA, -titular del DNI Nº 34.471.207, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: (...) Resuelvo: I.- Declarar la rebeldía de Juan Carlos García, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II.- Suspender el trámite de la presente Causa, hasta tanto el imputado GARCÍA sea habido para ser sometido nuevamente a proceso (cf. art. 305, CPP). III.- Regístrese, notifí- quese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco (5) días, al imputado, conforme lo dispone el art. 129 del Código de Procedimiento Penal. IV.- Fecho, líbrense las comunicaciones de Ley y resérvese la presente Causa en Secretaría (cf. art. 305, tercer párrafo, CPP). (...) Fdo.

Julia Andrea Rutigliano, Juez. Ante mí: Marisa Vázquez, Secretaria. Quilmes, 25 de noviembre de 2014.

C.C. 13.823 / dic. 15 v. dic. 19

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo de la Sra.

Juez Dra. Raquel Slotolow, notifica por este medio a GUS- TAVO ALEXIS AYALA BERDUN, DNI Nº 94.816.359, que en la Causa Nº 2912 (IPP. 1781 UFI 2, JG. 2 carp. 8889), caratulada “Ayala Berdun, Gustavo Alexis s/ Encubrimiento”, S.S. ha resuelto: “Campana, 11 de noviembre de 2014. Autos y Vistos... Considerando... Resuelvo I.- Hacer lugar al pedido Fiscal, y Revocar el Beneficio de Suspensión del Juicio a Prueba concedido a Gustavo Alexis Ayala Berdun... en esta Causa Nº 2912... (Art. 76 ter. del C.P.). II.- Decretar la Rebeldía de Gustavo Alexis Ayala Berdun y su Averiguación de Paradero y posterior comparendo; al solo efecto de estar a derecho (art.

303 ss. y cc. del C.P.P.). Fdo.: Dra. Raquel Slotolow, Juez”. Secretaría, 1º de diciembre de 2014. Adolfo R.

Bengochea, Secretario.

C.C. 13.818 / dic. 15 v. dic. 19

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Olavarría, del Departamento Judicial de Azul, a cargo de la Dra. María Hilda Galdós, Secretaría Única, a cargo del Dr. Jorge Mariano Ferrari, informa que en autos caratulados “Valdi Omar Ángel s/ Quiebra, Hoy Su Concurso Preventivo-Quiebra” (Expte. Nº 11389) el día 1º de julio de 1998, se decretó el estado de quiebra de don OMAR ÁNGEL VALDI, L.E. 5.467.987, con domicilio en calle H. Yrigoyen 2957 dpto. 2, de Olavarría; disponiéndose que los acreedores deberán presentar al Síndico sus pedidos de verificación hasta el día 13 de febrero de 2015. Síndico: Cr. Mario D´Atri, con domicilio en calle Lavalle 2601 de Olavarría. La sindicatura deberá presentar las copias de las impugnaciones al Juzgado el día 6 de marzo de 2015 a las 12 hs., el informe individual del art. 35 de la Ley 24.522 el día 7 de abril de 2015 a las 12 hs. y el informe general del art. 39 el día 21 de mayo de 2015 a las 12 hs. Dado, sellado y firmado en la Sala de mi público despacho, a los 21 días del mes de noviembre de 2014.

Jorge M. Ferrari, Secretario.

C.C. 14.157 /dic. 16 v. dic. 22

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra.

Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a PRISCILA ABIGAIL BLANCO, con último domicilio en Maipú 3875 de la localidad de San Fernando, Partido de San Fernando, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres (3) días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a...

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