Torrez Galvez Alberto Miguel S/inf. Ley 23737
Fecha de la disposición | 7 de Enero de 2011 |
â, con accesorias legales y costas. El presente edicto se publicará por un dÃa en el BoletÃn Oficial de la Nación.
Mendoza, 27 de diciembre de 2010.
MarÃa Paula Marisi, secretaria.
e. 07/01/2011 N'° 234/11 v. 07/01/2011 % 23 % El Juzgado de Ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N'° 1 de Mendoza, SecretarÃa a cargo de la Dra. MarÃa Paula Marisi, sito en el Edificio de los Tribunales Federales de Mendoza,
Pedro Molina y Avda. España de la Ciudad de Mendoza, hace saber de conformidad a lo normado por el art. 500 del C.P.P.N. que en autos N'° 1025-0, caratulados: âOrmeño Ortiz, Viviana Mercedes p/Ejecución Penal en As. 2262-0â fue condenada Viviana Mercedes Ormeño OrtÃz,
D.N.I. N'° 17.246.020, argentina, nacida en Mendoza el 24 de setiembre de 1964, divorciada, ama de casa, hija de Carlos Guido y de Angelina, con domicilio en Zamora s/n'°, El Borbollón,
Las Heras, Mendoza, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, inhabilitación especial por igual tiempo que el de la condena para el ejercicio del comercio, inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionario o empleado aduanero, inhabilitación especial por cuatro años y seis meses para ejercer actividades de importación o de exportación e inhabilitación especial absoluta por doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público (art. 876, incisos d, e, f, g y
â, con accesorias legales y costas. El presente edicto se publicará por un dÃa en el BoletÃn Oficial de la Nación.
Mendoza, 27 de diciembre de 2010.
MarÃa Paula Marisi, secretaria.
e. 07/01/2011 N'° 182/11 v. 07/01/2011 % 23 % El Juzgado de Ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N'° 1 de Mendoza, SecretarÃa a cargo de la Dra. MarÃa Paula Marisi, sito en el Edificio de los Tribunales Federales de Mendoza,
Pedro Molina y Avda. España de la Ciudad de Mendoza, hace saber de conformidad a lo normado por el art. 500 del C.P.P.N. que en autos N'° 1026-P, caratulados: âParedes Baigorria, Ariel Eduardo p/Ejecución Penal en As. 2262-Oâ fue condenado Ariel Eduardo Paredes Baigorria,
â, con accesorias legales y costas. El presente edicto se publicará por un dÃa en el BoletÃn Oficial de la Nación.
Mendoza, 27 de diciembre de 2010.
MarÃa Paula Marisi, secretaria.
e. 07/01/2011 N'° 231/11 v. 07/01/2011 % 23 % El Juzgado de Ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N'° 1 de Mendoza, SecretarÃa a cargo de la Dra. MarÃa Paula Marisi, sito en el Edificio de los Tribunales Federales de Mendoza,
â, con accesorias legales y costas. El presente edicto se publicará por un dÃa en el BoletÃn Oficial de la Nación.
Mendoza, 27 de diciembre de 2010.
MarÃa Paula Marisi, secretaria.
e. 07/01/2011 N'° 223/11 v. 07/01/2011 % 23 % El Juzgado de Ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N'º1 de Mendoza, SecretarÃa a cargo de la Dra. MarÃa Paula Marisi, sito en el Edificio de los Tribunales Federales de Mendoza,
, con accesorias legales y costasâ.
El presente edicto se publicará por un dÃa en el BoletÃn Oficial de la Nación.
Mendoza, 27 diciembre de 2010.
MarÃa Paula Marisi, secretaria e. 07/01/2011 N'º176/11 v. 07/01/2011 % 23 % TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL SECRETARIA UNICA TUCUMAN El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán en autos âRÃos, Jorge Rubén s/infracción ley 23.737â Resuelve:
I) Condenar a RÃos Jorge Rubén, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de cuatro años y tres meses de prisión,
Multa de pesos doscientos veinticinco pesos ($225), Accesorias Legales por el mismo término que el de la condena y Costas, declarándoselo Reincidente, por ser autor voluntario y responsable del delito de transporte de estupefacientes previsto y reprimido por el art. 5 inc. âcâ de la Ley 23.737. (Arts. 12, 29 inc. 3'º, 40 y 41 del Código Penal y 531 del C.P.P.N.).
II) Ordenar la destrucción del remanente de estupefaciente secuestrado. (Art. 30 de la ley 23.737).
III) ProtocolÃcese - Hágase Saber. â Carlos Enrique Ignacio Jiménez Montilla, Juez de Cámara. â Gabriel Eduardo Casas, Presidente.
Ante mi: Dr. Hugo César Del Sueldo Padilla, Secretario de Cámara, Tribunal Oral en lo Criminal Federal.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán en autos âRÃos, Jorge Rubén s/infracción ley 23.737â Resuelve:
I) Aprobar el cómputo de la pena y la planilla de costas procesales de fs.636 de autos.
II) Fijar el dÃa 16 de mayo de 2.012 como fecha de cumplimiento de la pena impuesta a Jorge Rubén RÃos de las condiciones personales que constan en la causa, quien fuera condenado por este Tribunal Oral por sentencia de fecha 03 de febrero de 2.010 agregada a fs.558/560 de autos.
III) Intimar a Jorge Rubén RÃos al pago de pesos sesenta y nueve con sesenta y siete centavos ($69,67), en concepto de tasa de justicia, conforme lo dispuesto en el art. 6 de la Ley 23.898, actualizada por Resolución de la Excma.
C. S. J. N. N'º498/91, art. 1'º.
IV) RegÃstrese - Hágase Saber. â Dra. MarÃa Alicia Noli, Juez de Cámara. Tribunal Oral en lo Criminal Federal â Carlos Enrique Ignacio Jiménez Montilla, Juez de Cámara. â Gabriel Eduardo Casas, Presidente. Ante mÃ: Dr. Hugo César Del Sueldo Padilla, Secretario de Cámara, Tribunal Oral en lo Criminal Federal.
e. 07/01/2011 N'º256/11 v. 07/01/2011 % 23 % TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL JUJUY El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy en autos â Arispe Choque, Adriana s/ infr. Ley 23.737â resuelve: Primero: Condenar a Adriana Arispe Choque, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años de prisión, multa de pesos doscientos veinticinco ($225), con más la pena de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena que prescribe el artÃculo 12 del Código Penal y las costas del juicio, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes âcocaÃna-, figura prevista y penada por el artÃculo 5'º inciso âCâ de la ley 23.737.- Segundo: Remitir a Adriana Arispe Choque al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad a su cargo y disponer el alojamiento en una unidad que favorezca a las visitas familiares y coadyuve a la resocialización, cumpliendo asà con el fin de la pena.- Tercero: Fijando como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el dÃa diecisiete de junio del año dos mil catorce, y diez dÃas para el pago de multa y costas del Juicio.Cuarto: Ordenando la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con...
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